Autor: Mercedes Vaquero

Título Artículo: Cultura nobiliaria y biblioteca de Fernán Pérez de Guzmán

Fecha de envío: 23/09/2003


 

 

MERCEDES VAQUERO

 

 

CULTURA NOBILIARIA Y BIBLIOTECA

 

DE FERNÁN PÉREZ DE GUZMÁN[1]

 

 

 

                                   

Revista Lemir 7 (2003)

 

(© 2003) ISSN 1579-735X

 

 

 

 

A mi madre Amalia Serrano y a mis hermanas Valle y Carmen, que vieron cómo nacía y progresaba este libro.

 

                        

 
 
AGRADECIMIENTOS

 

 

   Quiero dar mis gracias más sinceras a la comunidad de religiosas dominicas del Monasterio de Santo Domingo el Real de Toledo por haberme permitido conocer los espléndidos fondos de su archivo, y, en concreto, a Sor María Jesús Galán Vera, que puso sobre mi mesa de trabajo el documento de Fernán Pérez de Guzmán, fuente capital del presente estudio. Investigar con ayuda de personas como ellas facilita enormemente la labor y hace grata la ardua tarea de revisión de manuscritos. Nunca olvidaré su generosidad y amabilísimo trato.

  También manifiesto mi gratitud a mi hermana Carmen y a mi estimado amigo Alejandro Torres Villamor, que me ayudaron en la lectura del manuscrito sobre el reparto de bienes del escritor. Ellos, en tardes inolvidables pasadas en el jardín de nuestro cigarral toledano, colaboraron conmigo en aclarar algunos de los enigmas paleógraficos del documento. El buen humor y los ánimos de Alejandro y Carmen -ambos dispuestos a no rendirse y a aprender- lograron que, entre todos, descifrásemos palabras que parecían indescifrables. 

   


 

CULTURA NOBILIARIA Y BIBLIOTECA

DE FERNÁN PÉREZ DE GUZMÁN

 

 

El presente estudio se basa en el manuscrito 2189 del monasterio de Santo Domingo el Real de Toledo, que contiene el aprecio y reparto de los bienes y heredamientos de Fernán Pérez de Guzmán[2]. Está fechado en Toledo el 7 de julio de 1463, es decir, tres años después de la muerte de Fernán Pérez.  El documento -hasta ahora desconocido y editado aquí en su totalidad- arroja nueva luz sobre la familia del señor de Batres, la fecha exacta de su muerte, sus propiedades y, especialmente y en lo que yo me voy a centrar, acerca de sus libros. Hasta hoy solo poseíamos noticias de la denominada "Biblioteca de Batres” a través de otro manuscrito del siglo XVIII de la Biblioteca Nacional de Madrid. Me refiero al ms 5938, ya publicado en dos ocasiones: la primera en los Opúsculos castellanos de Ambrosio de Morales (II,106-108), y la segunda en las Generaciones y semblanzas de Fernán Pérez de Guzmán editadas por R. B. Tate (1965, 99-101). La lista de libros del ms de la Nacional es algo escueta, pues solo incluye unos 30, y de ellos no podemos asegurar con plena certeza que todos hubieran pertenecido a nuestro personaje (Tate 1965, xi).[3] En cambio, la relación bibliográfica incluida en el ms del monasterio de Santo Domingo enumera 55 libros, esto es, casi el doble, y de ellos sí se puede afirmar sin equivocación posible que todos fueron propiedad del señor de Batres.

 

 

NOTICIAS BIOGRÁFICAS

 

Fernán Pérez de Guzmán fue hijo de Pedro Suárez de Guzmán y de Elvira Álvarez (o de Ayala), hermana del canciller Pero López de Ayala (Fernández de Navarrete 336). Nació probablemente entre 1377 y 1379 (Amador de los Ríos VI, 212 n. 2, Foulché-Delbosc 26, Barrio Sánchez 11 n. 2), o sea, a fines del reinado de Enrique II o en los inicios del de Juan I. Y murió, según nos informa el manuscrito de Santo Domingo, el 2 de octubre de 1460[4], después de haber vivido más de cuarenta años de turbulencia política bajo los Trastámara.[5]   De las conspiraciones y guerras civiles ocurridas durante el reinado de Juan II (1406-1454) y el gobierno de su favorito, Álvaro de Luna, “tienpo tan confuso e tan suelto que quien más tomava de las cosas, más avía dellas”, nos da precisa cuenta en sus Generaciones y semblanzas (1450-1455).[6] Perteneció a una familia ilustre, pues fue sobrino de Pero López de Ayala; tío de Íñigo López de Mendoza, marqués de Santillana (Vilches Vivancos 57, 59), y será bisabuelo de Garcilaso de la Vega. Parece ser que en su juventud, alrededor de 1394 ó 1395, viajó a Aviñón acompañando a su tío el canciller Ayala (Menéndez y Pelayo 76, Nader 108). En aquella localidad francesa el aragonés Benedicto XIII (Pedro de Luna) mantenía su corte papal y en ella una gran biblioteca (trasladada a Peñíscola en 1406 tras la resolución del cisma). Aviñón había pasado a ser por entonces una urbe cosmopolita y centro de expansión de las nuevas corrientes intelectuales, principalmente del humanismo italiano. Y además no solo en aquella ciudad pontificia había residido Petrarca, como es bien sabido, sino que también, durante la estancia del papa Luna en ella, la urbe constituyó un lugar clave para el alumbramiento de la conciencia prehumanista de los españoles, que allí acudieron en gran número (Di Camillo 20-21). Pues bien, no se puede dudar que Fernán Pérez estuvo en Aviñón y que conoció al Pontífice, según comprobamos en sus Loores de los claros varones, donde el propio Guzmán afirma haber visto en persona a Benedicto XIII, siendo “yo muy niño en Aviñón, / en aquella turbaçión / que fue çisma en el papado” (Barrio Sánchez 12 y n. 5).

 

Hasta ahora en los principales estudios dedicados a Fernán Pérez se aseguraba que el historiador había estado casado dos veces: una con doña Marquesa de Avellaneda, y otra--acaso en un primer matrimonio--con doña Leonor de los Paños. El nombre de esta última señora se extraía del Cancionero de Baena, ya que en él se encontraban dos poemas dirigidos a una dama con tal nombre (vol. 3, 1109 núm 551, 1137 núm. 570) y un tercero compuesto "en loores de su muger” (vol. 3, 1136 núm. 569). De ahí la sospecha de Domínguez Bordona y otros de que Leonor de los Paños quizás hubiera sido la primera mujer del escritor.[7] En cambio, como ya bien señalaba Fernández de Navarrete (146, 147, 279) basándose en antiguas genealogías, y ahora comprobamos en el ms de Santo Domingo, el señor de Batres, aunque en efecto matrimonió dos veces, en ninguna de ellas lo hizo con Leonor de los Paños, sino, primeramente, con doña Marquesa de Avellaneda, y más tarde, en un segundo matrimonio, con Catalina Álvarez de Galdames.[8] Con doña Marquesa el escritor tuvo los siguientes siete hijos: Elvira ¿de Guzmán?, Leonor ¿de Guzmán? (lo más probable ambas hacía años casadas y no presentes en la redacción del documento toledano), María Ramírez de Guzmán (abadesa del monasterio de Santa Clara en Toledo, lugar en que se escribe el documento), Pedro de Guzmán (hijo varón primogénito y heredero del mayorazgo, que será cuarto señor de Batres), Marquesa de Guzmán (monja en el monasterio de Santo Domingo el Real, donde se ha conservado el ms), Sancha de Guzmán y Manuel de Guzmán. De su matrimonio con su segunda esposa, Catalina Álvarez de Galdames, le nacieron al escritor sus dos últimos hijos llamados Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán (Vaquero Serrano 334, 336). Cuando se redacta el aprecio y reparto de los bienes de Fernán Pérez de Guzmán el 7 de julio de 1463 en el monasterio de Santa Clara de Toledo, allí se encuentran presentes: María Ramírez (la abadesa), Pedro, Manuel, Ramiro y Alfonso. Todos ellos y Marquesa, la monja de Santo Domingo, han pedido hacer tal apreciación y repartimiento de los bienes familiares. Casi sin duda, esta es la segunda y última adjudicación de las propiedades de Fernán Pérez de Guzmán, pues, según señaló Amador de los Ríos, el 29 de enero de 1461, esto es, dos años y medio antes, el hermano mayor, Pedro de Guzmán, ya había tomado posesión de los bienes del señorío, de acuerdo con el testamento de su padre de 10 de septiembre de 1455 (VI, 213-214 n. 2).

 

 

VIDA POLÍTICA

 

Sabemos de las actividades políticas de Fernán Pérez entre 1418 y 1432 a través de varios cronistas (Crónica de Juan II, Crónica del halconero de Juan II, etc. v. Silió 120-122, Tate 1965, x nn. 6 y 7) y, por supuesto,  también gracias a sus propios escritos. Perteneció a una de las familias de la vieja nobleza que gozaron de gran prosperidad con los primeros Trastámara. Pero su apuesta por don Fernando de Antequera y su asociación con Enrique, uno de los infantes de Aragón, especialmente durante la minoría de Juan II, le costarán a él y a otros nobles de la viejas familias graves perjuicios. Nuestro personaje aparece en las crónicas actuando como negociador entre el infante Enrique y Juan II, o como emisario real de este último, y también realizando acciones heroicas en las guerras contra los musulmanes, como en la batalla de Higueruela de 1431 (Menéndez y Pelayo 55, Domínguez Bordona 1924, xiv-xv).[9] Sin duda, el período culminante de su carrera política fue durante la regencia de Fernando de Antequera (Tate 1985, 32), aunque nunca consiguió aumentar las posesiones que había heredado ni ocupó cargos públicos de relevancia, ni llegó a formar un ejército privado (Vilches Vivancos 60-65, Nader 108). Guzmán—junto con algunos de sus parientes: su sobrino, el marqués de Santillana; su primo Gutierre de Toledo, obispo de Palencia, y el sobrino de éste, Fernán Álvarez de Toledo, futuro conde de Alba--fue parte importante de la oposición a don Álvaro de Luna, lo que le costó ocho meses de encarcelamiento en 1432 (Tate 1965, x, Vilches Vivancos 63-64). Es a partir de su puesta en libertad cuando las crónicas cesan de hablar de él y cuando parece que se retiró definitivamente a su señorío de Batres (en la actual provincia de Madrid, lindando con la de Toledo) para entregarse de lleno al estudio. A pesar de este apartamiento, no dejó de relacionarse con hombres eruditos, como Álvar García de Santa María, Vasco Ramírez de Guzmán, Alonso de Cartagena o fray Gonzalo de Ocaña, ya para comunicarles sus propias obras, ya para encomendarles traducciones o proponerle trabajos originales (Domínguez Bordona 1924, xvi-xvii).

 

CULTURA NOBILIARIA

 

Pérez de Guzmán pertenece a una pequeña elite secular de intelectuales típica del siglo XV español, la cual, aunque todavía influida por las enseñanzas escolásticas del medievo, apunta ya hacia una transformación cultural de carácter humanista. En la primera mitad del siglo XV, a medida que reyes y nobles se fueron interesando en actividades intelectuales, tradicionalmente limitadas a la clerecía, algunos focos de investigación y estudio se desplazaron, de las escuelas y monasterios, al ambiente mundano de las cortes y bibliotecas señoriales (Di Camillo 113). Del siglo XV nos han llegado amplias noticias de magníficas colecciones bibliográficas señoriales, la mayoría de ellas de uso personal, formadas a imitación de las bibliotecas regias y diferentes de las monásticas, catedralicias y conventuales. Las bibliotecas privadas castellanas de este siglo son más reducidas que las francesas, italianas, aragonesas e incluso inglesas, si bien se constata un marcado cambio en el período que va de la muerte de Pero López de Ayala (1407) a la de su sobrino-nieto y alumno el marqués de Santillana (1458) (Lawrance 82-83). Será, pues, en el reinado de Juan II cuando la cultura de los nobles castellanos y la cantidad y calidad de sus colecciones de libros empiecen a destellar. El propio Juan II tuvo una espléndida biblioteca que herederará su hija, la futura reina Isabel. Del interés personal de este monarca  por la lectura nos informa Fernán Pérez de Guzmán, que dice así del soberano: “leía muy bien, plazíanle mucho libros y estorias” (Generaciones 39). Ahora bien, yo me inclino a creer que la biblioteca del señor de Batres no trataba de imitar las reales de su tiempo, sino las de otros intelectuales conocidos suyos, como la de su tío Pero López de Ayala, de quien comenta: “Amó mucho la çiençia, dióse mucho a los libros e estorias... grant parte del tiempo ocupava en el ler e estudiar, non obras de derecho sinon filosofía e estorias” (Generaciones 15). El canciller fue un gran amante de los libros, y sus gustos revelan la influencia de dos de sus grandes amigos bibliófilos franceses: Carlos V de Francia, y su hermano, el duque de Berry. Nos consta además que en el país vecino Ayala  adquirió diferentes obras, entre ellas algunas traducciones de los clásicos (Lawrance 81). Según parece, las bibliotecas privadas de la época, como las del canciller, estaban más abiertas a las producciones en romance y a las nuevas influencias humanistas. Todavía en una ocasión más, Fernán Pérez nos informa sobre la labor bibliófila de su tío don Pero López de Ayala. Escribe nuestro personaje: “Por causa dél son conoçidos algunos libros en Castilla que antes non lo eran, ansí como el Titu Libio, que es la más notable estoria romana, los Casos de los Prínçipes, los Morales de sant Grigorio, Esidro de Sumo Bono, el Boeçio, la Estoria de Troya” (Generaciones 15). Es muy posible también que la referida visita de Pérez de Guzmán con su tío a Aviñón le dejase profunda huella, pues la ciudad pontificia gala no solo era un destacado centro de compra y venta de libros, sino también el lugar donde el papa Luna, a quien seguramente conoció nuestro autor como arriba dijimos, acumuló una biblioteca de 2.500 códices (Carreras y Artau y Carreras y Artau 85).

 

Sin duda, los libros constituían una marca de clase social, dado que, por una parte, representaban una considerable inversión de dinero, y, por otra, distinguían a aquellos que habían sido educados y disponían del tiempo y la capacidad para dedicarse a los estudios. Benedicto XIII, por ejemplo, antes de ser elegido Sumo Pontífice, ya poseía una biblioteca particular de 196 volúmenes y, cuando se trasladó a Peñíscola, contaba con más de un millar de códices, muchos de los cuales seguramente provenían de los fondos papales de Aviñón (Carreras y Artau y Carreras y Artau 85). Entre las más relevantes bibliotecas regias hispanas del Medievo podemos enumerar: la de la Casa real aragonesa, que en el reinado de Martín I constaba de 300 códices;  la de los reyes de Navarra, a la muerte de don Carlos, príncipe de Viana, con un centenar de volúmenes; y la del soberano de Castilla Juan II, heredada -según quedó dicho- por Isabel la Católica,  con 393 asientos conforme inventario de 1503 (Carreras y Artau y Carreras y Artau 85-92, Hernández González 379-380).

 

Entre las bibliotecas señoriales españolas de la Baja Edad Media sobresalía la de Enrique de Villena (1384-1434), que desafortunadamente fue en gran parte destruida o “expurgada” por órdenes de Juan II (Silió 60, Lawrance 83 y n. 20). En la Castilla del siglo XV, las colecciones bibliográficas nobiliares ejercieron, sin duda, mayor influencia que las reales en el desarrollo de la cultura hispana. La más rica de todas ellas fue la que el sobrino de Pérez de Guzmán, Íñigo López de Mendoza, marqués de Santillana, reunió en Guadalajara.[10] La constituían libros escritos expresamente para él en España, Italia y Francia y algunos otros antes pertenecientes a bibliófilos insignes, como los de don Juan Fernández de Heredia (Domínguez Bordona 1929, 118, Lawrance 83). Asimismo destacaron en el siglo final del Medievo las colecciones de Rodrigo Alfonso de Pimentel, conde de Benavente (Carreras y Artau y Carreras y Artau 96-97); la de don Álvaro de Zúñiga, conde de Béjar; y la de don Pedro Fernández de Velasco, conde de Haro (Domínguez Bordona 1929, 116-117).

 

Si comparamos la biblioteca de nuestro personaje --inventariada en el ms toledano y en el de la Biblioteca Nacional-- con las de algunos contemporáneos suyos, veremos cómo su total de 85 asientos entre los dos listados es equiparable al de cualquiera de ellas. Y si bien, por un lado, supera a las reunidas por don Pedro y don Álvaro de Stúñiga (la primera con 11 volúmenes en el año 1454, y la segunda con 25 en el año 1468) (Ladero Quesada y Quintanilla Raso 49); por otro, resulta inferior a la del conde de Benavente con 126 libros en torno a 1450 (Ladero Quesada y Quintanilla Raso 50-51).

 

El caso de Fernán Pérez de Guzmán es representativo de la clase nobiliaria intelectual de su momento. Él, como otros miembros de la nobleza contemporáneos suyos, lo que hizo fue no solo comprar libros, sino tratarse con personas instruidas, capaces de traducir y transcribir textos y conversar con ellas sobre literatura, historia, filosofía o religión. Así, por ejemplo, a su primo Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo y “hombre muy notable y gran letrado”, le encargó traducciones de la Guerra de Yugurta y La conjuración de Catilina de Salustio (Menéndez y Pelayo 57, Vilches Vivancos 68, Barrio Sánchez 26-27), versiones incluidas tanto en el ms de la BN, “Salustio en romance dirigido a Hernán Pérez de Guzmán” (entrada 19, Tate 1965, 100-101), como en el toledano, “Otro libro verde escrito en papel que se llama Yuburta [sic] ochenta maravedís. LXXX” (entrada 11),  y “Otro libro colorado de Yugurta ciento cincuenta maravedís. C L” (entrada 37). Igualmente --y es otro ejemplo de su continuo trato con hombres cultos-- solicitó a fray Gonzalo de Ocaña, prior del toledano monasterio de la Sisla, que le vertiera al castellano los Diálogos de San Gregorio (Domínguez Bordona 1924, xxvi).[11] Y de la misma manera, según afirman ciertos investigadores, a Pérez de Guzmán se le deben también las primeras traducciones castellanas de algunas epístolas de Séneca (Nader 109, Barrio Sánchez 26 y n. 50).

 

Pero el mayor erudito con quien mantuvo correspondencia nuestro personaje fue, sin duda, Alonso de Cartagena. De familia conversa, obispo de Burgos y uno de los hombres más ilustrados de su época era considerado maestro suyo por Pérez de Guzmán, quien a su muerte le escribió las coplas que comienzan: “Aquel Séneca espiró  / a quien yo era Lucilo” (Domínguez Bordona 1924, xvii). En el otoño de 1441, el señor de Batres le envió a Cartagena un cuestionario con 12 preguntas, a las que el sabio prelado no se demoró en contestar. El obispo le remitía sus respuestas conforme las iba completando y este fue el origen del Duodenarium, libro escrito en latín, de contenido político, donde Cartagena realiza una elaboración doctrinal sobre el ejercicio de la gracia y la política fiscal (Fernández Gallardo 336-338, 406-407). Mas la obra quedó incompleta, pues don Alonso sólo respondió a cuatro preguntas (Fernández Gallardo 242). Las cuestiones planteadas por Pérez de Guzmán mostraban las inquietudes intelectuales de un noble ilustrado de su tiempo: qué prelación debía existir entre las dignidades imperial y real; cómo fueron las lenguas surgidas de la confusión babélica; qué príncipe hispano era considerado el más virtuoso; quién sea mejor, el hombre bueno o la mujer buena (Fernández Gallardo 242). El obispo de Burgos también le dedicó a su amigo Fernán Pérez el Oracional (c. 1454), libro de contenido devoto en el que se ponen de relieve los méritos y la excelencia de la oración desinteresada. El señor de Batres le había pedido a Cartagena la obra con el fin de edificarse religiosamente (Menéndez y Pelayo 57, Di Camillo 156-157). Por último, entre los amigos de nuestro personaje, se contó Alvar García de Santa María (Tate 1965, xi). Conforme al ms de la BN, este escritor le envió un “Tratado en declaración de Brivia”, que posiblemente, según el investigador británico que reeditó el inventario, se trate de las Siete edades del mundo de Pablo de Santa María (Tate 1965, xi, 99 núm. 13, 101 n. 13).

 

 

LA BIBLIOTECA DE BATRES

 

El conjunto de libros del señor de Batres no responde a un influjo superficial de los intelectuales españoles del prehumanismo, ni a una moda coleccionista, sino a una profunda vocación por el estudio y análisis de una serie de problemas políticos acaecidos en su tiempo, y que él espera, sino aclarar o resolver, al menos dejar constancia de ellos para lección de futuros intelectuales o líderes de la nación. La obra principal de Pérez de Guzmán, como han repetido sus investigadores, es absolutamente didáctica y moralizadora.

 

Pero pasemos al análisis del porqué de los dos listados que hoy conocemos. La razón de existir un inventario en un ms y un segundo en otro considero que se debe a la división de la herencia de nuestro personaje. Explicaré los dos posibles motivos que veo para la existencia de dos relaciones en lo que parece ser un reparto de la colección.

 

Primero: un lote, el del ms de la Biblioteca Nacional, sería tal vez el del los libros considerados más importantes y que fueron a parar al heredero del mayorazgo, Pedro de Guzmán,[12] como parte de la herencia principal e indivisible; y el otro lote, el inventariado en el ms toledano, serían las minucias y formarían parte del resto de los bienes y propiedades sin gran valor, que, como era lo legislado en la época, era lo que se repartía entre todos los hermanos, inclusive también el primogénito.

 

Segundo: un lote, el del ms de la Biblioteca Nacional, sería acaso el de los volúmenes que conservaron el mayorazgo Pedro de Guzmán y tal vez sus descendientes en el castillo de Batres, con algunos otros añadidos y adquiridos por ellos. Hablo de los herederos del primogénito, pues no sabemos la fecha exacta de este inventario (que posiblemente se realizó en la segunda mitad del siglo XVI) y además se constata que no todos los libros que aparecen en él pertenecieron con seguridad a Fernán Pérez, según comprobamos por sus fechas de producción;[13] y el otro lote, el del ms toledano, sería el de la biblioteca de Fernán Pérez completa e intacta (o casi intacta, a falta solo de los libros que Pedro de Guzmán hubiera podido tomar dos años y medio antes por hallarse incluidos entre los bienes del mayorazgo), colección, cuyo inventario y aprecio estaban recibiendo a primeros de julio de 1463 en Toledo todos los herederos de nuestro personaje, incluido el hijo mayor.

 

De todo lo cual extraigo también dos deducciones. Primera, el inventario de la BN puede estar compuesto de tres partes: una, lo heredado en el mayorazgo por Pedro de Guzmán; dos, lo que le correspondiera en la segunda división con sus hermanos (y de aquí procedería la repetición de muchos títulos en uno y otro listado, porque algunos de los libros del inventario de Toledo pudieron pasar a ser propiedad del primogénito); y tres, lo adquirido por el propio Pedro de Guzmán o sus descendientes. Segunda, por la más temprana fecha de su redacción en julio de 1463 (muy próxima a la del fallecimiento de nuestro personaje en octubre de 1460) y el mayor número de entradas que contiene, el inventario que parece ser más real, fiable y completo en cuanto a los libros que verdaderamente poseyó Fernán Pérez es, según entiendo, el toledano.

 

Un problema que presentan ambos listados -muy probablemente por haber sido hechos en relación con una testamentaría, como, en efecto, se puede aducir del de Toledo- es que han sido elaborados por personas que seguramente no eran peritos en materia bibliográfica. Mas, a pesar de su posible semejante ocasión, se aprecian grandes diferencias entre ellos. Desde luego, el inventario toledano es más detallado que el de la Nacional, pues incluye el valor atribuido a las obras, que parecen estar puestas en almoneda, y también da la descripción externa de los volúmenes.[14] De muchos libros dice su autor y/o título, aunque de otros simplemente menciona su contenido; si bien,  por tratarse de un listado quizá hecho por escribanos o apreciadores con poco conocimiento bibliográfico, y tal vez con cierta premura, dicho contenido aparece expresado de forma genérica. Esto dificulta en ocasiones la identificación de algunos de ellos y otros resultan imposibles de catalogar, como el n. 40, descrito como: “Otro libro viejo en pergamino de coberturas de pergamino viejo glosado”. Contrasta el toledano con el ms de la BN, que éste es muy parco en la descripción de la mayoría de los libros, pero que, sorprendentemente, en ciertos casos, como los nn. 11, 13 ó 21, incluye descripciones internas. Algunos de sus comentarios son muy curiosos, y casi seguro del escribano con poco experiencia bibliófila, como el del n. 27, que dice: “La Segunda guerra púnica, sacada de Tito Livio: no hay ninguna cosa que aproveche” (Tate 1965, 100).

 

Ciertamente los libros inventariados en ambos manuscritos no son los únicos que Fernán Pérez de Guzmán poseyó. Echamos en falta, por ejemplo, varias de las obras que él mismo escribió, o algunas de las fuentes que manejó para sus propios libros.[15] Tate, valiéndose de notas marginales de Ambrosio de Morales en 1567 y de su amigo, Gonzalo Argote de Molina, en diversos manuscritos hoy en la BN, ya dio noticia de otros volúmenes que pertenecieron a Pérez de Guzmán (1965, xi-xii). Entre ellos cita los siguientes

 

                entre otras crónicas, las de San Isidro, Julián de Toledo, Alfonso III, la Asturicense, la Ovetense, la historia de los francos del obispo Gregorio de Tours, la historia de los árabes del Toledano, ‘tratados de bulas de algunos sumos pontífices embiadas a España. . . los nombres mudados de las çiudades de España. . . las leyes del Rey don Alfonso, memorias de los patriarcas de Jerusalén. Algunas memorias de años y testamento del rey don Alonso´. . .  Adiciones que Juan Rodríguez de Villafuerte cavallero de Salamanca hiço al Anacephalaeosis  de Don Alonso de Cartagena, obispo de Burgos [véase ítem 25...]. . . Previlexios de Álava... con alguna notiçia de la vida de Enrique el terçero. . . Fuero antiguo de Castilla. . . Origen y principios del nombre de cavallero y su antigüedad escrito por Don Alonso de Cortaxena [sic, se refiere al Doctrinal de caballeros]. . . Epílogo de los Reyes que han reinado en España asta Don Sancho Madruga hijo del rei Don Alonso el Sabio. Sacado de la historia que escribió Fray Juan Gil de Zamora... (Tate 1965, xii)

 

Como veremos, algunas de estas obras se encuentran listadas en el inventario del ms toledano.

 

 

MATERIAS

 

Aunque la biblioteca de Batres cubre los ámbitos de interés al parecer más comunes entre la elite cultural nobiliaria del siglo XV: religión, política y principalmente historia, las materias en ella contenidas pertenecen a muy diversos campos. Por ello, y a pesar de los problemas que algunas entradas presentan, he clasificado la colección en ocho grandes bloques:

 


1. Clásicos (originales y traducciones, no incluida la prosa científica)

2. Literatura italiana

3. Historia: historia-crónica (general, de antigüedades y medieval), nobleza y genealogía, biografía y retratos

4. Prosa doctrinal y científica (prosa moral o de carácter sapiencial, geografía, veterinaria, enciclopedias, vocabularios, misceláneas, etc.)

5. Religión y teología

6. Poesía: de tipo doctrinal,  lírica y miscelánea

7. Derecho

8. Tratados de formación de príncipes

 

En la clasificación siguiente he incluido los volúmenes de ambos mss, pero, si existen obras de cada tipo en los dos inventarios, los de la BN van en un  grupo y los de Toledo en otro. Pongo entre corchetes las referencias a otros estudios sobre bibliotecas y las aclaraciones que me han parecido oportunas, y también en sus corchetes correspondientes el número que he asignado a cada libro en las dos relaciones. Destaco en negrita aquellas obras que aparecen en ambos listados. Por último, realizo comentarios sobre lo más destacado del cotejo de las obras de uno y otro manuscrito, o acerca de lo incluido en cada uno de los apartados.

 

1. Clásicos

 

Ms BN: Lucano en español [v. Schiff 136-140] [2]; Valerio Máximo en español [v. Schiff 133-134] [3]; el Panegírico de Plinio, trasladado en castellano [6]; Séneca, De vita beate, trasladado por el deán de Santiago, don Alphonso, fijo del obispo de Burgos, don Pablo [v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [12]; Introducción al libro de Platón, llamado Fedrón, de la inmortalidad del ánima por el doctor Pero Díaz, al muy generoso e virtuoso señor don Íñigo López de Mendoza, marqués de Santillana, conde del Real [v. Schiff 8-9; Pero Díaz de Toledo fue el primer traductor del Fedro al español, v. Di Camillo 126] [15]; Epístolas de Símaco [Quinto Aurelio Símaco, orador y escritor romano de los siglos IV-V, autor de numerosas cartas] [16]; Salustio en romance dirigido a Hernán Pérez de Guzmán [“el libro llamado Cathelinario e Jugurtino en que contiene alguna suma de los fechos romanos“, traducido por Vasco Ramírez de Guzmán para su primo, el señor de Batres, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [19]; algunas obras de Séneca, trasladadas en castellano [27]; La Segunda guerra púnica, sacada de Tito Livio [v. Schiff 98-101, Tate 1965,101 nn. 27 y 28] [28]; otra historia sacada de Tito Livio [v. Schiff 98-101, Tate 1965, 101 nn. 27 y 28] [29].

 

Comentario: 10 obras de 30, es decir, una tercera parte de este inventario. Todas parecen estar traducidas al castellano. Los únicos con dos entradas son Séneca y Tito Livio.

 

Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].Ms toledano: Lucano [v. Schiff 136-140] [2]; Jenofonte [8]; libro. . .  que se llama Pedro Cándido [Pier Cándido Decembrio: ¿traducción parcial de la Ilíada o de la República de Platón?, ¿extractos de Quinto Curcio?, ¿alguna traducción de Séneca? v. Schiff 149, 476] [9]; Yuburta [sic, se refiere a la Guerra de Yugurta de Salustio, seguramente traducido por su primo,Vasco Ramírez de Guzmán, arcediano de Toledo, v. Schiff 69, Barrio Sánchez 19] [11]; tratado de Séneca que hizo el deán de Santiago [Vita beata, traducida por Alonso de Cartagena, deán de Santiago de 1415 a 1418, v. Schiff 123-124, Fernández Gallardo 87] [14]; linaje del emperador don Juliano [el] Apóstata [21]; de Séneca Sobre la clemencia [30]; Yugurta [Guerra de Yugurta de Salustio, posiblemente en la traducción ya citada de Vasco Ramírez de Guzmán] [37]; Plinio y Marco Tulio [41]; De bello punico [Tito Livio, v. Schiff 95-101] [42]; Segunda década [Tito Livio, v. Schiff 97-98] [50]; Valerio [v. Schiff 132-134][55].

 

Comentario: 12 obras de 55, esto es, alrededor de una quinta parte del inventario (frente a 1/3 en el ms de la BN). Puede que algunas no estuvieran traducidas al castellano, como es el caso de De bello punico. Los únicos autores con dos entradas son Séneca, Tito Livio y probablemente Salustio (en el ms de la BN: Séneca y Tito Livio). Se repiten en un listado y otro: Lucano, Plinio, Salustio, Valerio Máximo y la traducción de Séneca de Alonso de Cartagena.

 

2. Literatura italiana

 

Ms toledano: un libro. . . que se llama Juan Boccaccio [v. Schiff 327-351] [5]; otro libro. . . que se llama Francisco Petrarca [v. Schiff 320-326] [38]; otro libro que se llama Dante [v. Schiff 271-319] [51].

 

Comentario: imposible saber con exactitud de qué obras de Boccaccio, Petrarca y Dante se trata. De Boccaccio hay al menos una Caída de príncipes (v. abajo Prosa doctrinal y científica) en el inventario toledano.

 

 

3. Historia

 

3a.  Historia-crónica (general, de antigüedades y medieval)

     

Ms BN: Historia pequeña de reyes godos [San Isidoro, Historia de regibus gothorum, o Rodrigo Jiménez de Rada, Historia gothica/Liber gothorum regum] [5]; una parte de la Corónica general del rey D[o]n Alonso, qu’es la primera una parte [7]; otra Historia de los reyes godos, que parece la misma que la pasada [8]; otra parte de la General historia qu’es la segunda [9]; Corónicas de Don Alonso el Sabio, Don Sancho el Brabo, y Don Hernando el Emplazado [Fernán Sánchez de Valladolid, Las tres corónicas, Corónica de cuatro reyes (sin la de Alfonso XI)?, v. Schiff, 394, 400] [10]; Tratado en declaración de Brivia, que embió Alvar García de Santa María a Fernán Pérez de Guzmán: es en copla de arte mayor, y llega hasta el rey don Henrique el Enfermo [¿Las Siete edades del mundo de Pablo de Santa María? V. Tate 1965, 101 n. 13] [13]; La Valeriana [¿Crónica abreviada de España de Mosén Diego de Valera,1481?] [17]; libri cronicorum ab exordi usque era mil y ciento y setenta [¿Lucas de Tuy, Chronicon mundi?] [23]; Historia de los emperadores romanos, desde la muerte de Gordiano hasta Constancio Eracleota  [¿Rodrigo Jiménez de Rada, Chronica pontificum et imperatorum romanorum?, v. Schiff 390; ¿Benard Gui, Imperatores romani? v. Schiff 213, cf. Tate 1965,101 n. 29] [30].

       

Ms toledano: libro del Cid Ruy Díaz [3]; Sumario de los reyes godos [San Isidoro, Chronica regum gothorum/ Historia de regibus gothorum, o Rodrigo Jiménez de Rada, Historia gothica/Liber gothorum regum] [12]; Crónica abreviada de los reyes de España [¿Mosén Diego de Valera, Cronica abreviada de los reyes de España  (La Valeriana)?, ¿Crónica de los reyes de Castilla (Crónica de once reyes)? v. Schiff 399] [13]; libro...viejo en latín de la historia del arzobispo don Rodrigo [¿De rebus Hispaniae?, o ¿Historia arabum? de Rodrigo Jiménez de Rada] [20]; Suma de los emperadores de Roma  [¿Jiménez de Rada, Chronica pontificum et imperatorum romanorum?, v. Schiff 390; ¿Benard Gui, Imperatores romani? v. Schiff 213] [27]; La conquista de Ultramar [28]; parte de la General estoria [29], Segunda parte de la General Estoria [31], De bello Goth[h]orum [¿San Isidoro, Historia de regibus gothorum? ¿o Jiménez de Rada, Historia Gothica/Liber gothorum regum?] [35]; Crónica del rey don Pedro [Pero López de Ayala, v. Schiff 402] [48]; General estoria [Alfonso X] [52].

     

Comentario: Mosén Diego de Valera presentó su Crónica abreviada de España (La Valeriana) a Isabel la Católica en 1481, ¿circularía ya en manuscrito antes de 1460, fecha de la muerte de Pérez de Guzmán? ¿o se trata de otra “Crónica abreviada de los reyes de España"? ¿Se conocía ya como “Valeriana” esta crónica antes de 1460?[16]

Las obras que se repiten en uno y otro inventario son: las “Historias de los reyes godos”, la General estoria de Alfonso X,  la Crónica abreviada de España (probablemente la de Mosén Diego de Valera) y la Suma de los emperadores de Roma. Llama extraordinariamente la atención en el ms toledano la presencia de un “libro del Cid Ruy Díaz”, como más adelante comentaré.

 

3b. Nobleza y genealogía

     

Ms BN: Blasonis de Gracei [¿Gracia Dei, Blasón general y nobleza del universo?, 1ª ed. 1489. V. Tate 1965, 101 n. 23] [24]; la Genealogía de los reyes de España, D[o]n Alonso de Cartagena, obispo de Burgos [Anacephaleosis] [26a]; la Corónica martiniana y otros [26b].

 

Ms toledano: Historia de los reyes de Francia [¿Gregorio Turonense, Historia de los reyes de Francia?, ¿la Martiniana del cardenal Martino?, ¿Bernard Gui, De origine prima francorum o árbol genealógico Regum francorum? v. Schiff 213] [32]; un cuaderno . . . del linaje de los caballeros de Toledo [26b]; libro . . .  de los linajes de Castilla [43].

 

Comentario: repetida tal vez solo la Martiniana.

 

3c. Biografía y retratos

     

Ms toledano: Mar de las historias [traducción y reelaboración del Mare historiarum de Giovanni della Colonna por Fernán Pérez de Guzmán (v. Zinato)] [16].

 

4. Prosa doctrinal y científica (moral o de carácter sapiencial, geografía, veterinaria, enciclopedias, vocabularios, misceláneas, etc.)

 

Ms BN: Los tratados del doctor Alonso Ortiz [v. Di Camillo 251-252] [14]; La carta de rabí Samuel, y su respuesta [carta del rabí Samuel de Marruecos de 1068, traducida en romance ya desde mediados del s. XIV, y de nuevo en castellano en el s. XV por petición de Juan de Villafuerte, traductor de la Anacephalaeosis de Alonso de Cartagena. La repuesta es del rabí Ishaq. V. Tate 1965, 101, n. 18] [18a]; pregunta del obispo de Burgos, y su respuesta [Alonso de Cartagena, ¿Duodenario?] [18b]; Las comarcas del mundo [¿Estrabón, Geographiae?, ¿La Mappemonde? v. Schiff 366-367] [20]; Vegecio, De re veterinaria [Publio Vegecio] [25].

 

Comentario: es difícil que Los tratados del doctor Alonso Ortiz pertenecieran a Fernán Pérez de Guzmán, pues no es probable que esta obra se escribiese antes de 1467 y recordaré que nuestro personaje murió alrededor de 1460. Además dichos tratados incluyen una refutación de Ortiz a una carta que Juan de Lucena escribió a los Reyes Católicos algún tiempo antes, pero próximo, a 1493, denunciando los excesos de la Inquisición sevillana.

 

Ms toledano: de Romo [?] de doctrina pueri [?] [¿Vicent de Beauvais, De puerorum nobilium eruditione? v. Schiff 201-203; ¿Francesc Eiximenis, Doctrina de viure a cascuna persona? v. Schiff 425] [4]; Duodenario [Alonso de Cartagena, Duodenarium, ¿traducido por Juan de Villafuerte? v. Tate 1965, 101 n. 18]; [7], Setenario [Alfonso X] [17 ]; libro. . . de respuesta de cuestión que envió el Tostado [Alonso de Madrigal, el Tostado, Libro en respuesta de quatro questiones] [18]; Declaración de los vocablos castellanos [22]; libro. . . del peligro menor que hizo el obispo de Burgos en respuesta de ciertas cuestiones [Alonso de Cartagena, ¿Duodenario?, ¿De preeminentia? v. Fernández Gallardo 330-331] [23]; libro. . . en latín que habla de diversos príncipes [¿Boccaccio, Caída de príncipes?] [33]; Caída de los príncipes [Boccaccio, Caída de príncipes] [49]; Oracional de Fernán Pérez [Alonso de Cartagena, Oracional, dirigido a Fernán Pérez de Guzmán] [53].

 

Comentario: solo parece estar repetido el Duodenario en ambas relaciones.

 

 

5. Religión y teología [Biblia, espiritualidad y teología (de carácter general, santos padres, etc., hagiografía, formación y práctica religiosa, órdenes militares-religiosas)]

 

Ms BN: La orden de la Vanda [Libro de la orden de la Banda de Alfonso XI] [1(a)];   Vita animarum. . . en romance, el qual [. . .] fizo y ordenó don Pedro Arzobispo de Sevilla, el qual se llama Vos de Grillo, que fabla de los sacramentos, de los diez mandamientos [v. Tate 1965, 99, 100 n. 11; ¿Gregorio XI, Dialogus beati Gregorii pape: eiusque diaconi Petri in quattuor libros divisus de vita et miraculis patrum italicorum et de eternitate animarum?] [11]; Suma del maestre Jacobo [Jacobo Ruiz fue “el maestre de las leyes” v. Tate 1965, 101 n. 21] [22].

 

Ms toledano: Vida de santos [24]; Epístola de San Jerónimo [26a];  Vida de San Isid[o]ro [v. Tate 1965, xi-xii, 5] [34]; libro que se llama Voz de grillo [v. Tate 1965, 99, 100 n. 11; ¿Gregorio XI, Dialogus beati Gregorii pape: eiusque diaconi Petri in quattuor libros divisus de vita et miraculis patrum italicorum et de eternitate animarum?] [36]; Génesis [39]; Vida de San Antonio [44]; Vidas de mártires [45]; Vidas de santos [¿Jacobo de Vorágine, Legenda aurea?] [46]; De natura angelica [Francesc Eiximenis, La natura angélica] [47]; de la Vida cristiana [¿San Agustín, De vida cristiana? ¿Pedro Jiménez de Préjano, Lucero de la vida cristiana? ¿Ludolfo de Sajonia, Vita Christi?] [54].

 

Comentario: solo la Voz de grillo aparece en uno y otro inventario.

 

6. Poesía

 

6a. Poesía doctrinal

 

Ms toledano: libro . . . de trovas de Rabí Santob [10].

 

6b. Poesía lírica

 

Ms toledano: cancionario[17] [6]; Cancionero de coplas [¿Juan de Mena, coplas? v. Schiff 402] [15]; Cancionero [25].

 

6c. Poesía miscelánea

 

Ms toledano: libro . . . de coplas de muchas materias [19].

 

7. Derecho

 

Ms BN: fueros y fazañas de España [1 (b)]; Ordenamientos antiguos de Castilla [v. Schiff 416-419] [4]; Libro de las leyes que compuso el rey don Alonso [Alfonso X, Partidas] [21].

 

8. Tratados de formación de príncipes

 

Ms toledano: Regimiento de los príncipes [¿Gil de Roma, Regimiento de los príncipes? v. Schiff 210-211][1].

 

 

ANÁLISIS Y OBRA

 

Según hemos comprobado, Fernán Pérez dejó una buena colección de libros, y, conforme los títulos nos dan a entender, sus preferencias se dirigían claramente hacia la historia; incluso, como se ve, su aproximación a la antigüedad a través de los clásicos se halla estrechamente relacionada con esta materia. La mayoría de libros en ambos inventarios son de historia (ms BN: 12/30, ms tol. 15/55), y también muchos de los “clásicos” (por ejemplo, Salustio[18] y Tito Livio), algunos de “prosa doctrinal”,  de “religión” (vgr.: hagiografía y las vidas de santos) y de “derecho” (“fazañas”) tratan sobre asuntos históricos. De hecho de esta afición y estudio de la historia provienen las mejores obras del señor de Batres: las Generaciones y semblanzas (1450-1455), los Loores de los claros varones de España (1450-1453) y su traducción y reelaboración del Mare historiarum de Giovanni della Colonna, realizada probablemente también alrededor de 1450, es decir, en los últimos años de su vida, en su retiro de Batres. Aunque sus primeras obras de poesía amorosa, política y de circunstancias, su posterior poesía didáctico-moralizante y su ya tardía poesía religiosa sitúan a Pérez de Guzmán en un lugar preeminente en las letras del siglo XV castellano (Barrio Sánchez 21-24), serán sus trabajos en prosa de fondo histórico y de propósito didáctico moralizante los que mayor fama le darán a lo largo del tiempo.[19] Las Generaciones y semblanzas es su obra más novedosa, donde directa o indirectamente despliega sus conocimientos clásicos historiográficos. Su más notable innovación consiste en el uso de la biografía como vehículo para narrar la historia contemporánea. Consiste en 34 retratos biográficos, acompañados de un prólogo que se ha considerado como el primer tratado en castellano sobre la naturaleza de la historia y los deberes del historiador (Nader 109-111). Los retratos, o pequeñas biografías, son todos de personajes que él conoció personalmente: reyes, caballeros, prelados y cortesanos que vivieron y actuaron durante los reinados de Enrique III y Juan II (Generaciones 4). Cada retrato incluye la genealogía del personaje, describe su aspecto, maneras y hábitos, sus hechos y fortunas, sus virtudes y vicios y la edad que tenía al morir (Nader 109). Sin embargo, a veces se aparta de este esquema y entra en disquisiciones como referir aspectos contradictorios del biografiado; hablar de los orígenes de una guerra con Portugal; fustigar a los gobernantes débiles y alabar a los enérgicos; describir (a veces con algo de envidia) la buena fortuna de alguna persona carente de méritos; defender la fe y la nobleza de los conversos; lamentar la situación de Castilla; y narrar los conflictos sociales y políticos que él mismo había presenciado o en los que incluso se había visto envuelto como las luchas por limitar el poder de don Álvaro de Luna y las guerras entre Juan II y los infantes de Aragón (Nader 109).

 

Fernán Pérez es consciente que él está rellenando un hueco en la historiografía cuatrocentista española. De ahí que, por un lado, urja a otros a escribir historias de calidad en “fermoso e alto estilo” (Generaciones 2), no como las de Pedro del Corral, a quien critica severamente por contar “trufa o mentira paladina” (Generaciones 1); y que, por otro, se queje en repetidas ocasiones de la inexistencia de genealogías o libros de linajes en Castilla

 

                La verdat e çertidumbre del origin e nasçimiento de los linajes de Castilla, non se puede bien saber sino quanto quedó en la memoria de los antiguos. Ca en Castilla ovo siempre e ay poca diligençia de las antigüedades, lo qual es gran daño. (Generaciones 18)

           

                Yo oí dizir a algunos deste linaje que los de Quiñones deçienden de una infanta, fija de un rey de León, e de otra parte de un grant señor llamado don Rodrigo Álvarez de Asturias, señor de Norueña. Pero non lo leí, ca como dicho es, en Castilla non se faze mençión de semblantes cosas aunque se devían fazer. (Generaciones 26)

 

Los inventarios de su biblioteca nos muestran, en efecto, su gran interés por las “genealogías”.  En ellos las encontramos no solo conocidas, como la Historia de los reyes de Francia [32], la Martiniana [26b] (apartado 3b) o La conquista de Ultramar (historia de la primera cruzada y la genealogía de Godofredo de Bouillon) [28] (apartado 3a), sino también algunas de las que no tenemos noticia como “un cuaderno . . . del linaje de los caballeros de Toledo” [26b] o un “libro . . .  de los linajes de Castilla” [43]. Del mismo modo, según parece, la Biblia le interesaba a Pérez de Guzmán muy especialmente en cuanto a lo genealógico. Y así vemos cómo en el ms toledano se incluye un Génesis [39]. Nuestro autor, al quejarse de la falta de libros de linajes en Castilla, comenta sobre el género de la genealogía

 

                E açerca desto falla onbre en las estorias muchas notables usanças, de las quales contaré dos. Primera, que en el tienpo que los judíos avían reyes, tenían en los armarios e caxas del tenplo libros de las cosas que cada año acaesçían e eran llamados annales, e tenían registros de los nobles linajes. E duró esto fasta el tienpo del rey Erodes el grande, el qual con el temor de perder el reino e que lo avrían algunos reales, fizo quemar todos aquellos libros. . . El segundo acto de aquel tiempo era, segunt se lee en el libro d’Ester. . .  (Generaciones 18) 

               

El señor de Batres, cuando estudia la genealogía de sus biografiados, trata en repetidas ocasiones de comprobar si las noticias orales de ciertos linajes castellanos son creíbles o no. En varios casos duda de la información oral transmitida de generación en generación, y por ello trata de demolerla

 

                Algunos del linaje de Ayala dizen que vienen de un infante de Aragón a quien el rey de Castilla dio el señorío de Ayala. E yo ansí lo fallé escrito por don Ferrant Pérez de Ayala, padre deste don Pero López de Ayala, pero non lo leí en estorias nin he dello otra çertidumbre (Generaciones 15)

               

                A algunos oí dizir que vienen [los Mendoza] del Çid Ruy Díaz, mas yo non lo leí. Acuérdome enpero aver leído en aquella corónica de Castilla que fabla de los fechos del Çid que la reina doña Urraca, fija del rey don Alonso que ganó a Toledo, fue casada con el conde don Remón de Tolosa. . . (Generaciones 16)

               

                . . . ovo un fijo llamado Ferrando Hurtado del qual oí dizir, non que lo leyese, que vienen los de Mendoça e que estos Furtados deste linaje que de allí traen este nombre (Generaciones 17)

           

                Yo oí dizir a alguno deste linaje que estos Osorios vienen de Sant Johan Grisóstomo, que en latín dizen os auri, que quiere dizir “boca de oro”. Pero yo nunca lo leí nin me paresçe creíble, ca Sant Johan Boca d’Oro fue de Greçia e non se lee que él nin alguno de su generaçión pasase a España. Mas pienso que fue invençión de algún onbre sotil e inventivo. (Generaciones 25)

               

                Dizen algunos deste linaje [los de Toledo], e aun pareçe por alguna escritura, aunque en estoria auténtica non se falla, que vienen de un conde don Pedro, hermano del enperador de Constantinopla, que vino a España a la guerra e conquista de los moros. (Generaciones 33)

 

Está claro por qué Fernán Pérez se siente insatisfecho con las pretensiones genealógicas de ciertos nobles de su tiempo. Como Fernández Gallardo señala, “no deja de ser paradójico que sea un noble cuya formación intelectual debe mucho a Alonso de Cartagena quien socave los cimientos de los valores nobiliarios al poner en duda tan prestigiosas genealogías, en tanto que éste avala con argumentos jurídicos las tradiciones familiares de la nobleza” (193). Los juicios del señor de Batres son en muchas ocasiones duros y desilusionados, y sus prejuicios contra sus enemigos de la nobleza a veces apenas logra disimularlos. Guzmán los acusa de pretender ser nobles cuando en realidad proceden de bajo linaje o han falsificado sus genealogías. De Álvaro de Luna -válganos como muestra- escribe: “Preçiávase mucho de linaje, non se acordando de la homill e baxa parte de su madre” (Generaciones 45).

 

Sin embargo, las contradicciones de nuestro autor son evidentes, pues si bien, por un parte, cree que la virtud no es heredada, sino que está al alcance de todos—de ahí por ejemplo su elogio y defensa de los conversos—por otra, los hombres oscuros y “de baxo linaje”, como don Ferrand Alonso de Robles (Generaciones 34-35) y muchos otros que triunfaron en su época, representan, en su opinión, una desgracia para el reino de Castilla. La semblanza que hace de don Ferrand describe bien su pensamiento

 

                fue muy osado e presuntuoso a mandar, que es propio viçio de los baxos omnes quando alcançan estado que non se saben tener dentro de los límites e términos. . .[Fue secretario de la reina doña Catalina, esposa de Enrique III]. . .  e ansí con el favor e abtoridat della todos los grandes del reino no solamente lo onrravan, mas se podía dizir que le obedeçían, non pequeña confusión e vergüeña para Castilla, que los grandes perlados e cavalleros cuyos anteçesores a maníficos e notables reyes pusieron freno, enpachando sus desordenadas voluntades con buena e justa osadía por utilidad e provecho del reino e por guardar sus libertades, que a un onbre de tan baxa condiciçión como éste así se sometiesen. . . Ca en conclusión a Castilla pose oy e la enseñorea el interese, lançando della la virtud e humanidat. (Generaciones 34-35)

 

 

Fernán Pérez creía natural que todo caballero acumulara bienes y honores y que, si lograba enriquecerse, se atraería nuevos aliados, con lo cual podría ejercer más influencia en los asuntos nacionales, y esto, a su vez, le permitiría conseguir mayores riquezas. El problema en su opinión eran los hombres sin escrúpulos y su influencia en el gobierno. Así el caos político y social en que él vivía era debido a la naturaleza indolente de Juan II, que no había sido capaz de asumir los deberes de su oficio, y a la insaciable avaricia de don Álvaro de Luna, quien rebasó los límites de su propio cargo e invadió el terreno de la soberanía real (Nader 114-115).

 

El señor de Batres y otros intelectuales de la elite nobiliaria de su tiempo ven en el estudio de la historia de la antigüedad y del pasado reciente posibles fórmulas civilizadoras y regeneradoras, aplicables a la renovación moral e intelectual de su propio mundo. Fernán Pérez, como otros contemporáneos suyos, observa un  debilitamiento de los viejos valores morales y la creación de otros nuevos que rompen la presunta armonía de la sociedad estamental de sus antepasados. Para él, como para Alonso de Cartagena y otros, el linaje, la buena posición en la escala social y ciertos beneficios son señales de virtud (Di Camillo 189).

 

Alonso de Cartagena pensó que el molde formal más adecuado para articular la memoria histórica de Castilla era la genealogía, la cual, como bien les constaba a él y a su amigo Pérez de Guzmán, no había tenido especial desarrollo en Castilla. La Anacephaleosis de Cartagena y las Generaciones y semblanzas de Guzmán rellenarían tal hueco: el primero con la genealogía de la casa real castellana, y el segundo con  la de algunos miembros de los nobleza castellana. Como Fernández Gallardo sugiere, cabe la posibilidad de que la serie biográfica de monarcas, nobles y prelados del señor de Batres fuera un estímulo para la configuración discursiva de la genealogía de Alonso de Cartagena (288-289). Asimismo las Generaciones --y los Loores de los claros varones de España-- de Fernán Pérez constituyeron modelo para los Claros varones de Castilla de Fernando del Pulgar (Tate 1985, 32).

 

La biblioteca del señor de Batres corresponde a la del poeta ideal según Boccaccio, pues, para este autor, un poeta perfecto debe poseer un vocabulario excelente,[20] un conocimiento extenso de las artes liberales, de la filosofía natural y moral, de historia y de geografía,[21] y ser capaz de apreciar los escritos y reliquias de la antigüedad. Boccaccio no se satisface con una educación basada solamente en las materias del “cursus”,  y recomienda de manera específica que el poeta se familiarice con la literatura y cultura clásicas (Di Camillo 84-85). En relación con esto recordaré que Fernán Pérez poseía ciertos conocimientos de latín. En la Biblioteca Nacional se conservan varios códices latinos que seguramente fueron de su propiedad, como, por ejemplo, el ms 1513, del siglo XIII,  que contiene entre otros, una Cronica regum gotorum a beato Isidoro Hispalensis, y una Gesta regum francorum de S. Gregorius, episcopus Turonensis.[22] Ahora bien, su domino del latín no era perfecto, según se comprueba por sus peticiones a ciertos amigos de traducciones al castellano (Domínguez Bordona 1924, xxvi, Barrio Sánchez 26-27) y por sus propias afirmaciones en la carta que dirigió a fray Gonzalo de Ocaña, rogándole que le tradujera los Diálogos de San Gregorio

 

                Es asi que yo lei algunas veces aquel libro que compuso el sanctísimo papa e glorioso dotor sant Gregorio, que es dicho Diálogos el cual como es en latín e yo, por alguna escuridad de vocablos y alteza de estilo en que él es, no le podía así claramente entender para que dél cogiese el fruto que deseo. . .  vos pluguiese tornar este libro del latín en nuestro romance. (Domínguez Bordona 1924, 215-216)[23]

 

Las actividades intelectuales del señor de Batres, como las de algunos otros estudiosos contemporáneos, también parecen haber sido motivadas por un deseo de restaurar las pasadas glorias españolas. De ahí que todos se sientan orgullosos de que Lucano, Séneca y San Isidoro hubieran nacido en España.[24] Alonso de Cartagena, y sus “discípulos” trataron de servirse del gradual revivir de la antigüedad clásica como instrumento de una renovación política, moral y educativa (Di Camillo 128). La visión de Pérez de Guzmán de la cultura hispano-visigoda es similar a la de Cartagena, pues ambos atribuyeron a los visigodos el comienzo y desarrollo del estado español (Di Camillo 130).[25] La decadencia política no se inició en la Península Ibérica con la caída de Roma, sino con la invasión y ocupación musulmanas, que se debieron a “las culpas de las gentes della, so enseñorío de dos malos reyes, Vitiça e Rodrigo, faciendo açote della al malo e çelerado conde Juliano, por cuyo favor e consejo los moros entraron en España” (Generaciones 35).

 

La antigüedad es para Fernán Pérez y otros autores españoles de su época una extensión ininterrumpida del presente, la prolongación de éste hacia el pasado, destacándose en la continuidad lineal del tiempo ciertas figuras y sucesos (Di Camillo 70). El señor de Batres posee un concepto cíclico de la historia, pues los acontecimientos vuelven a suceder en el curso de la vida. Así los “viçios e defetos” de la Castilla de su época son paralelos a los del período de los últimos reyes visigodos

               

                E de aquí quántos daños, insultos, movimientos, prisiones, destierros, confiscaçiones de bienes, muertes e general destruiçión de la tierra, usurpaçiones de dignidades, turbaçion de paz, injustiçias, robos, guerras de moros, se siguieron e vinieron ¿quién bastara a lo relatar nin escrivir, como sea notorio en treinta años, non digo por intérvalo o interposiçión de tiempo mas continuamente, nunca çesaron males e daños? (Generaciones 47-48)

               

                E ansí concluyendo digo mi parecer, que de todos estos males fueron cabsa los pecados de los españoles, ansí de aver un rey remiso e negligente [Juan II], como un cavallero [Álvaro de Luna] aver tanta presunçión e osadía de mandar e governar tan grandes reinos e señoríos, non escusando la cobdiçia de los grandes cavalleros (Generaciones 53)[26]

 

Solo la infinita clemencia de Dios puede “curar enfermedat tan pestelençial” como la que azota en sus días a Castilla, al igual que ocurrió en el reinado de Vitiza y Rodrigo. Según Fernán Pérez, únicamente con la ayuda de Dios se podrá alumbrar el entendimiento del rey (Generaciones 35). Los libros del señor de Batres y su obra histórica de sus últimos años revelan un denodado esfuerzo por aprender y enseñar un código ético que les pueda ayudar a él y a sus contemporáneos a sacar algún provecho en la adversidad. Como nos señala Di Camillo, lo que resulta más sorprendente es el hecho de que, como Cartagena, Guzmán no distinga entre ética y política (180)

 

                A través de los sinceros esfuerzos de estos primeros moralistas por recordarles el código ético de la clase [de los nobles “defensores”] a sus esquivos iguales, esfuerzos aderezados ahora con frecuentes referencias a los filósofos antiguos, y con ejemplos sacados de la literatura clásica, se puede detectar el temor de la mentalidad conservadora, profética de grandes males, siempre que la sociedad se desvía un tanto del curso según ellos ideal. Siendo incapaces de aceptar y de entender los cambios socio-políticos que acompañaron ya desde el comienzo la expansión económica, le dieron su propia interpretación al para ellos terrible desastre. Pérez de Guzmán la encontró en la ineptitud del rey y en la codicia del “privado”, aunque admitiendo que éstos pudieron haber sido instrumentos del designio divino de castigar a la sociedad, y a la nobleza en particular, causando su degeneración. (Di Camillo 187)

 

Las Generaciones, escritas en una época de tensiones sin resolución, acaban con una nota de angustia, según ya apuntó Tate (1985, 63). Pérez de Guzmán busca consuelo y explicación de los males presentes en el pasado, pero hemos de confesar que no estamos seguros de que los encontrara.

 

En resumen, la biblioteca de Batres constituye una muestra más del aumento de interés por la cultura propio de los intelectuales castellanos del momento, cultura que sería la que abriría nuevos horizontes de educación y comunicación de ideas a la elite nobiliaria del siglo XV español. Pero, a pesar de que la colección contiene gran diversidad de temas, resulta obvio el afirmar que Fernán Pérez había manejado muchas otras fuentes que en los dos inventarios que poseemos no aparecen.[27] Dignas de ser destacadas son también ciertas ausencias, como los libros de ficción caballeresca en prosa, los de adivinación, magia o alquimia, los de astronomía y astrología, etc. Y, como nota final, diré que muy interesante resulta el ítem 3 del ms toledano: “Otro libro del Cid Ruy Díaz”, libro que seguramente se refiere o pertenece a la Crónica de los reyes de Castilla  y que nuestro autor había utilizado ampliamente

 

                A algunos oí dizir que vienen [los Mendoza] del Çid Ruy Díaz, mas yo non lo leí. Acuérdome enpero aver leído en aquella corónica de Castilla que fabla de los fechos del Çid que la reina doña Urraca, fija del rey don Alonso que ganó a Toledo, fue casada con el conde don Remón de Tolosa. . . (Generaciones 16)[28]

 

La primera Crónica del Cid  de la que hay noticia es la impresa en Sevilla, en el taller de tres compañeros alemanes en 1498, y generalmente conocida como Crónica popular del Cid, basada en la Crónica de España abreviada de Diego de Valera de 1481. Por tanto, la existencia de este libro en 1463, si es que se trata de una crónica del Cid desgajada de la Cronica de Castilla --como la llamada Crónica particular del Cid, que publicó fray Juan de Velorado a cargo del monasterio de San Pedro de Cardeña en 1512--, indica que el héroe épico retorna a ser un modelo importante en la conciencia nobiliaria castellana ya probablemente desde mediados del siglo XV, cuando el señor de Batres vivía retirado de la vida política y dedicado de pleno al estudio.

 


BIBLIOGRAFÍA

 

Amador de los Ríos, José. Historia crítica de la literatura española. 7 vols., Madrid, José Amador de los Ríos, 1861-1865.

 

Antonio, Nicolás. Bibliotheca Hispana Vetus, 2 vols., Madrid, Ibarra, 1788 (Ed. facsímile, Madrid, Visor, 1996).

 

Barrio Sánchez, José Antonio. Ed. Generaciones y semblanzas de Fernán Pérez de Guzmán. Madrid, Cátedra, 1998.

 

Cancionero de Baena. Véase Cancionero de Juan Alfonso de Baena.

 

Cancionero de Juan Alfonso de Baena. Ed. crítica José María Azáceta, 3 vols., Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1966.

 

Carreras y Artau, Tomás y Carreras y Artau, Joaquín. “Las bibliotecas españolas de la Edad Media”, Carreras y Artau, Tomás, y Carreras y Artau, Joaquín, Historia de la filosofía española: filosofía cristiana de los siglos XIII al XV, 2 vols., Madrid, Asociación Española para  el Progreso de las Ciencias, 1939, vol. 1, pp. 68-97.

 

Di Camillo, Ottavio. El humanismo castellano del siglo XV, Valencia, Fernando Torres, 1976.

 

Domínguez Bordona, Jesús. Ed. Generaciones y semblanzas de Fernán Pérez de Guzmán, Madrid, La Lectura, 1924.

 

--------. “Noticias de manuscritos y bibliotecas en Castilla durante el reino de los Trastámara y Reyes Católicos.” En Jesús Domínguez Bordona, Exposición de códices miniados españoles: catálogo, Madrid-Barcelona, Sociedad Española de Amigos del Arte, 1929, pp. 112-131.

 

Fernández de Navarrete, Eustaquio, Vida del célebre poeta Garcilaso de la Vega. En Colección de documentos inéditos para la historia de España, vol. 16, Madrid, 1850, pp. vii-292.

 

Fernández Gallardo, Luis. Alonso de Cartagena (1385-1456). Una biografía política en la Castilla del siglo XV, Valladolid, Junta de Castilla y León, Consejería de Educación y Cultura, 2002.

 

Hernández González, M.ª Isabel, “Suma de inventarios de bibliotecas del siglo XVI (1501-1560)”  Hernández González,  M.ª Isabel (ed.), El libro antiguo español. IV. Coleccionismo y bibliotecas (siglos XV-XVIII), Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, 1988, pp. 375-446.

 

Ladero Quesada, Miguel Ángel y Quintanilla Raso, María Concepción. “Bibliotecas de la alta nobleza castellana en el siglo XV”, Livre et lecture en Espagne et en France sous l’Ancien Régime, Colloque de la Casa de Velazquez, París, Éditions A.D.P.F.: 1981, pp. 47-59.

 

Lawrance, J. N. H. “The Spread of Lay Literacy in Late Medieval Castile”, Bulletin of Hispanic Studies 62 (1985), 79-94.

 

Morales, Ambrosio de, Opúsculos castellanos, Ed. Francisco Valerio Cifuentes. Madrid, Benito Cano, 1793.

 

Menéndez y Pelayo, Marcelino, Poetas de la corte de don Juan II, 2ª ed., Buenos Aires, Espasa-Calpe Argentina, 1946.

 

Nader, Helen, Los Mendoza y el Renacimiento español, Guadalajara, Institución Provincial de Cultura "Marqués de Santillana", Diputación de Guadalajara, 1986.

 

Schiff, Mario, La Bibliothèque du Marquis de Santillane, París, E. Bouillon, 1905.

 

Silió, César, Don Álvaro de Luna y su tiempo, 3ª ed., Buenos Aires, Espasa-Calpe Argentina, 1944.

 

Tate, Robert B, Ed. Generaciones y semblanzas de Fernán Pérez de Guzmán, Londres, Tamesis, 1965.

 

--------. Ed. Claros varones de Castilla, Madrid, Taurus, 1985.

 

Vaquero Serrano, M.ª del Carmen, Garcilaso, poeta del amor, caballero de la guerra, Madrid, Espasa, 2002.

 

Vilches Vivancos, Fernando,  El cancionero de los tres copistas (Ms. PN9 de la Biblioteca Nacional de París), Palencia, Diputación Provincial de Palencia, 1995.

 

Zinato, Andrea, Ed. Mar de historias de Fernán Pérez de Guzmán, Padua, Unipress, 1999.


 

APÉNDICE I

 

Aprecio y reparto de los bienes y heredamientos de

Fernán Pérez de Guzmán

(Monasterio de Santo Domingo el Real de Toledo, ms 2189)

 

 

[//f. 1r.][29] 

 

   En[30] la muy noble ciudad de Toledo, siete días del mes de julio, año del Nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil y cuatrocientos y sesenta y tres años, este dicho día, dentro en el monasterio de Santa Clara de esta dicha ciudad, ante una de las redes de la iglesia del dicho monasterio, estando aquí presentes de partes de dentro de la dicha red la honrada y devota religiosa doña María Ramírez de Guzmán, abadesa del dicho monasterio, hija del honrado caballero Fernán Pérez de Guzmán, vecino que fue de esta dicha ciudad, difunto, que Dios haya. Y otrosí, estando aquí presentes ante la dicha red los honrados caballeros Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, todos hijos del dicho Fernán Pérez de Guzmán. Y otrosí, estando aquí presentes Diego Alfonso, escribano público en esta dicha ciudad, y Pedro de Toledo y Juan González de la Hontanilla, veedor de las heredades de esta dicha ciudad y de su tierra y término y jurisdicción, todos vecinos de esta dicha ciudad. Y en presencia de mí, el escribano público y de los testigos yuso escritos, luego los dichos Diego Alfonso, escribano, y Pedro de Toledo y Juan González de la Hontanilla dijeron a los dichos señores doña María Ramírez, abadesa, y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, que bien sabían en cómo, a su pedimiento de ellos y otrosí de doña Marquesa de Guzmán, su hermana, hija del dicho Fernán Pérez de Guzmán, monja que es la dicha doña Marquesa en el monasterio de Santo Domingo el Real[31] de esta dicha ciudad, y por razón de ella, y por la priora y monjas y convento de Santo Domingo, ante el honrado bachiller Juan Pérez de Treviño, bachiller en decretos, canónigo en la Santa Iglesia de Toledo, [//f. 1v.] vicario general en lo espiritual y temporal en todo el arzobispado de Toledo por el muy reverendo in Christo padre y señor don Alfonso Carrillo, por la gracia de Dios arzobispo de Toledo, primado de las Españas, canciller mayor de Castilla, habían nombrado por apreciadores y partidores para apreciar y partir todos los bienes y heredamientos, así muebles como raíces, que fueron y fincaron del dicho señor Fernán Pérez de Guzmán y de doña Marquesa de Avellaneda, su mujer, difunta, que Dios haya, madre de los dichos doña María y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa. Y otrosí de Catalina Álvarez de Galdames, mujer segunda del dicho Fernán Pérez, difunta, que Dios haya, madre de los dichos Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, a los dichos Diego Alfonso y Pedro de Toledo y Juan González de la Hontanilla, conviene saber por los dichos abadesa y Pedro de Guzmán y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán; y por el dicho Pedro de Guzmán por sí y en nombre de doña Sancha de Guzmán, su hermana, otrosí hija de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, su primera mujer, al dicho Pedro de Toledo; y por el dicho Manuel de Guzmán al dicho Juan González de la Hontanilla; y por la dicha doña Marquesa de Guzmán y por las dichas priora y monjas del dicho monasterio de Santo Domingo el Real[32], al dicho Diego Alfonso, el cual dicho juez y vicario, a pedimiento de las dichas partes, hubiera dado y dicho por apreciadores y partidores para apreciar y partir los dichos bienes a los dichos Diego Alfonso y Pedro de Toledo y Juan González, nombrados por las dichas partes, y dádoles poder para ello. Y hubiera recibido y recibió de ellos juramento en forma de derecho en el dicho aprecio y partición, lo hiciesen[33] [//f. 2r.] bien y lealmente, sin bandería alguna. El cual dicho juramento dijeron que ellos hicieron ante el dicho juez y dijeron que ellos por virtud de lo y [¿que?] dicho es que habían visto los dichos heredamientos y bienes muebles y raíces que fueron y fincaron del dicho Fernán Pérez y de las dichas sus mujeres, así en el término y jurisdicción[34] de esta dicha ciudad como en Batres, y los habían apreciado y partido y hecho apreciamiento y partición de ellos según Dios mejor les dio a entender y de información que habían habido de otras personas y labradores de donde son los dichos bienes [a]cerca de la dicha apreciación y partición y según el tenor y forma del testamento del dicho Fernán Pérez y de una sentencia arbitraria que fue dada entre los dichos herederos por ciertos jueces y alcaldes árbitros que dijeron que les fue mostrada y ellos habían visto. Y el cual dicho aprecio y partición, que habían comenzado a hacer de los dichos heredamientos[35] y bienes del dicho Fernán Pérez, dijeron que era y es según se contiene en un cuaderno escrito en papel que ende [?] mostraron e hicieron leer por mí, el dicho escribano, en presencia de las dichas partes y de los dichos testigos. Su tenor del cual es este que se sigue:

 

   En el nombre de Dios. Este es el aprecio y partición de los bienes raíces y otros heredamientos del señor Fernán Pérez de Guzmán, que Dios haya. El cual dicho aprecio y partición se hizo y hace por Pedro de Toledo como apreciador y partidor tomado por parte de la señora doña María Ramírez de Guzmán, abadesa del monasterio de Santa Clara de Toledo, y de Pedro de Guzmán y doña Sancha de Guzmán y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, todos hijos y herederos del dicho señor Fernán Pérez[36]. [//f. 2v.]

 

   Y por Juan González de la Hontanilla, apreciador y partidor tomado por parte de Manuel de Guzmán, hijo y heredero del dicho señor Fernán Pérez; y por Diego Alfonso, escribano, apreciador y partidor tomado y nombrado por parte de la priora y monjas y convento del monasterio de Santo Domingo el Real[37] de esta dicha ciudad y de doña Marquesa de Guzmán, monja profesa del dicho monasterio, otrosí hija y heredera del dicho señor Fernán Pérez. Esto con información que los dichos partidores sobre ello hubieron con algunas personas y labradores de los lugares donde son los dichos bienes y heredades sobre razón del dicho aprecio.

 

   Primeramente las casas principales de Batres, que fueron del dicho señor Fernán Pérez, con sus corrales y la huerta que está junta con las dichas casas se apreciaron en sesenta y seis mil maravedís  LXVI M.

 

   Ítem. Se apreció que hay en la dicha heredad de Batres cuarenta y seis aranzadas y media de viñas y majuelos y parrales, las cuales se aprecian en esta guisa: diecisiete aranzadas y media de majuelos a setecientos maravedís cada aranzada; y veinticinco aranzadas a cuatrocientos maravedís la aranzada y tres aranzadas de parrales a setenta maravedís la aranzada. Así que monta todo este dicho aprecio de las dichas viñas veintidós mil y cuatrocientos y sesenta maravedís. XXII M CCCCº LX.       

   Ítem. Se apreció que hay en la dicha heredad seiscientas y veinte fanegas de tierras, las cuales se aprecian a veinte maravedís la fanega, que montan doce mil y cuatrocientos maravedís. XII M CCCCº.

 

   Ítem. Hay en la dicha heredad una arboleda pequeña, que se apreció en trescientos maravedís. CCC.

 

   Ítem. Hay más en la dicha heredad una huerta que se llama la Huerta Vieja que se riega de una fuente, la [//f. 3r.] cual rinde cada año cuatrocientos maravedís y diez pares de gallinas. Aprécianse las gallinas a diez maravedís cada una, que monta todo, contando las gallinas a ducados, lo que renta esta huerta seiscientos maravedís, los cuales se aprecian a razón de[38] diez[39] maravedís seis mil maravedís. VI M.  

 

  \Ítem. Hay más en la dicha heredad otra huerta que se llama Huerta Nueva que se riega de una noria [?] que trae/ una bestia, la cual rinde cada año tres gallinas contadas, a diez maravedís cada una, que son treinta maravedís. Aprécianse en trescientos maravedís. CCC.

 

   Ítem. Hay en la dicha heredad cuatro cubas, las cuales se aprecian a quinientos maravedís cada una, que son dos mil maravedís. II M.

 

   Otras tres cubas viejas rotas. Apreciose por todas en cuatrocientos maravedís. CCCCº.

 

   Diecinueve tinajas para vino tener, entre sanas y lañadas y apelmazadas. Apréciaronse a ciento y cincuenta maravedís cada, una buena [?] con otras, que montan mil y ochocientos y cincuenta maravedís. I M DCCCº L.

 

   Un lagarejo de madera, doscientos maravedís. CC.

 

   Ítem. Ciertos bienes muebles que están en la dicha heredad de Batres se apreciaron en mil y ciento y setenta y dos maravedís, en esta guisa: cuatro silletas de costillas y de asentar, treinta y dos maravedís; una cadira[40], ochenta maravedís; siete bancos de madera y otro pequeño en una tabla de banquillo, doscientos maravedís; tres arcas de madera a ciento y cincuenta maravedís cada una, cuatrocientos y cincuenta maravedís; un arcaz de madera, ciento y veinte maravedís; cuatro mesas de madera con sus pies, ciento y cuarenta maravedís; un lienzo pintado de la Natividad de Nuestro Señor y otro lienzo pintado, con unos libros que están en el escritorio de Batres, ciento y cincuenta maravedís. Así son todos los dichos: mil y ciento y setenta y dos maravedís: I M  C LXX II[41]. [//f. 3v.]

 

   Suma que monta todo el aprecio de la dicha heredad de Batres, que son bienes partibles entre todos los dichos herederos [a]demás de lo que pertenece al mayorazgo, ciento y trece mil y ochenta y dos maravedís. C XIIIº M LXXX II.

 

   Y por cuanto el dicho señor Fernán Pérez por su testamento mandó que el dicho Pedro de Guzmán, su hijo, hubiese en cuenta de su herencia la dicha heredad de Batres, partímoslo a ducados, en el dicho aprecio, en la manera que se sigue:

 

   Primeramente, por cuanto hubimos información que las dichas casas principales del dicho lugar [de] Batres, que apreciamos en los dichos sesenta y seis mil maravedis, el un tercio de ellas estaba hecho y edificado en vida de la señora doña Marquesa, mujer del dicho Fernán Pérez, madre de los dichos doña María Ramírez, abadesa, y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, sus hijos; y los otros dos tercios se labraron y mejoraron después que el dicho Fernán Pérez casó con Catalina Álvarez de Galdames, su segunda mujer, madre de los dichos Ramiro y Alfonso de Guzmán, así que del valor y precio de los dichos sesenta y seis mil maravedís del dicho precio de las dichas casas se sacan de los dichos dos tercios cuarenta y cuatro mil maravedís, de los cuales pertenecen al dicho Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, hijos y herederos de la dicha Catalina Álvarez, la mitad, que monta veintidós mil maravedis. Ítem hubimos más información que las dichas diecisiete aranzadas y media de majuelos que hay en el dicho lugar [de] Batres, que apreciamos a setecientos maravedís la aranzada, que se plantaron en tiempo de la dicha Catalina Álvarez, por lo cual comoquier que se plantaron en tierras del dicho señor Fernán Pérez, que pertenece a ella la quinta parte, que son cuatro aranzadas y ciento cincuenta [//f. 4r.] estadales, que montan al dicho precio de setecientos maravedís la aranzada: tres mil y sesenta y dos maravedís y medio, los cuales pertenecen a los dichos Ramiro y Alfonso de Guzmán, herederos de la dicha Catalina Álvarez, así que montan todos los maravedís que pertenecen a los dichos Ramiro y Alfonso de la dicha heredad de Batres como herederos de la dicha Catalina Álvarez, su madre, veinticinco mil y sesenta y dos maravedís y medio, los cuales se han de sacar de todo el dicho aprecio de la dicha heredad de Batres; de los cuales dichos veinticinco mil y sesenta y dos maravedís y medio viene a cada uno de los dichos dos herederos de la dicha Catalina Álvarez doce mil y quinientos y treinta y un maravedís. XXV M LX II mº.

 

   Ítem. Monta el otro tercio de los dichos sesenta y seis mil maravedís del dicho precio de las dichas casas que se edificó en tiempo de la dicha señora doña Marquesa veintidós mil maravedís, de los cuales pertenece a todos los herederos de la dicha doña Marquesa la mitad, que son once mil maravedís; los cuales se han de hacer siete partes, las cinco para los dichos doña María y doña Sancha y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, hijos de la dicha doña Marquesa; y las otras dos partes todos los herederos del dicho Fernán Pérez por las herencias de doña Elvira y doña Leonor, sus hijas e hijas de la dicha doña Marquesa, por cuanto renunciaron sus herencias en el dicho Fernán Pérez, así que montan las cinco partes de los dichos once mil maravedís que son para los dichos doña María y doña Sancha y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, siete mil y ochocientos y cincuenta y siete maravedís y medio, los cuales se han de sacar de todo el aprecio de la dicha heredad de Batres, así que cabe a cada uno de los dichos cinco herederos del dicho tercio de las casas mil y quinientos y setenta y un [sic] maravedís y medio, y las otras dos partes [//f. 4v.] se devuelven a los bienes del dicho señor Fernán Pérez, para partir entre todos los dichos herederos. VII M DCCCº LVII [sic] mº.

 

   Suma que montan todos los maravedís que se sacan de los dichos ciento y tres mil y ochenta y dos maravedís de todo el dicho aprecio de la dicha heredad de Batres para los dichos herederos de la dicha doña Marquesa y Catalina Álvarez, sus mujeres, en la manera que susodice treinta y dos mil y novecientos y veinte maravedís. XXXII M DCCCCº XX.

 

   Los cuales estos dichos treinta y dos mil y novecientos y veinte maravedís, sacados de los dichos ciento y trece mil y ochenta y dos maravedís del dicho aprecio, quedan del dicho aprecio, para partir entre todos los dichos doña María y doña Sancha y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, sus hijos, ochenta mil y ciento y sesenta y dos maravedís. LXXX M  C  LXII.

 

   Los cuales dichos ochenta mil y ciento y sesenta y dos maravedís, hechas siete partes para todos los dichos siete hijos del dicho Fernán Pérez, una a cada uno, de los once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. XI M CCCCº LI [y]  VII ducados.

 

   Según lo cual todo lo que dicho es, caben y partimos para todos los dichos herederos del dicho señor Fernán Pérez de la dicha heredad de Batres, de los bienes partibles de ella que no son mayorazgo, a cada uno, esto que se sigue:

 

   A la dicha señora doña María, abadesa, de la parte de su madre, mil y quinientos y setenta y un maravedís y medio. Y de la parte del dicho Fernán Pérez, su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís, y siete ducados. Que son todos los que cabe a la dicha abadesa: trece mil y veintitrés maravedís y dos ducados. XIII M   XXIII [y] II ducados. [//f. 5r.]

 

   Y al dicho Pedro de Guzmán de la parte de la dicha doña Marquesa, su madre, mil y quinientos y setenta y un maravedís y medio; y de la parte del dicho Fernán Pérez, su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. Que son todos: otros trece mil y veintitrés maravedís y dos ducados. XIII M  XXIII [y] II ducados.

 

   A la dicha doña Sancha, de la parte de la dicha doña Marquesa, su madre, mil y quinientos y setenta y un maravedís y medio; y de la parte del dicho Fernán Pérez, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. Que son todos: otros trece mil y veintitrés maravedís y dos ducados. XIII M XXIII [y] II ducados.

 

   Al dicho Manuel de Guzmán de la parte de la dicha doña Marquesa, su madre, mil y quinientos y setenta y un maravedís y medio; y del dicho su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. Que son todos: otros trece mil y veintitrés maravedís y dos ducados. XIII M XXIII [y] II ducados. 

 

   A la dicha doña Marquesa[42] de Guzmán, de la parte de la dicha doña Marquesa, su madre, mil y quinientos y setenta y un maravedís y medio; y del dicho Fernán Pérez, su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. Que son: otros trece mil y veintitrés maravedís y dos ducados. XIII M XXIII [y] II ducados.

 

   Al dicho Ramiro de Guzmán, de la parte de la dicha Catalina Álvarez, su madre, doce mil y quinientos y treinta y un maravedís; y de la parte del dicho Fenán Pérez, su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y siete ducados. Que son todos: veintitrés mil y novecientos y ochenta y dos maravedís y siete ducados. XXIII M DCCCCº LXXX II [y] VII ducados.

 

   Al dicho Alfonso de Guzmán, de la parte de la dicha Catalina Álvarez, su madre, doce mil y quinientos y treinta y un maravedís; y del dicho Fenán Pérez, su padre, once mil y cuatrocientos y cincuenta y un maravedís y ocho ducados. Que son todos: otros veintitrés mil y novecientos y ochenta y dos maravedís y ocho ducados. XXIII M DCCCCº LXXX II [y] VIIIº ducados. [//f. 5v.]

 

 

    Este es el aprecio y partición de la heredad de Esquivias[43]:

 

  Primeramente las casas principales de la heredad de Esquivias, con su bodega y lagar y pertrecho y un poco de madera y teja que allí están de la casa que se cayó, se apreciaron, según hoy está, sin los reparos que en ellas se han de hacer, a vista del reformador según el tenor de la sentencia arbitraria, en ocho mil maravedís.  VIIIº M.

 

   Cuatro cubas para vino tener sanas que están en la dicha heredad. Se apreciaron a ochocientos maravedís cada una, según hoy están. Que monta en ellas tres mil y doscientos maravedís. III M CC.

 

   Otras dos cubas desbaratadas. Se apreciaron a trescientos y cincuenta maravedís cada una, según hoy están. Que montan setecientos maravedís. DCC.

 

   Ítem. Diecisiete tinajas para vino tener, entre sanas y lañadas y apelmazadas. [Se] apreciaron  a ciento y treinta maravedís cada una con otra. Que son dos mil y doscientos y diez maravedís. II M CC X.

 

   Otras seis tinajas y tinajones, que no son para vino tener. Apreciáronse a sesenta maravedís cada una. Que son trescientos y sesenta maravedís. CCC LX.

 

   Un tinajón para las cubas, setenta maravedís. LXX.

 

   Ítem. Se apreció que hay en la dicha heredad de Esquivias treinta y cinco aranzadas de viñas, las cuales se aprecian a setecientos maravedís cada aranzada y una con otra. Que montan veinticuatro mil y quinientos maravedís. XXIIIIº M D.

 

   Ítem. Se aprecia que hay en la dicha heredad de Esquivias hasta diez fanegas de tierras, las cuales se apreciaron en quinientos maravedís. D. [//f. 6r.]

 

   Ítem. Hay en la dicha heredad cuatro olivas en las dichas viñas, que se apreciaron en quinientos maravedís. D.

 

   Suma que monta el valor de toda la dicha heredad de Esquivias, según los dichos aprecios, sin el reparo que se ha de hacer en las dichas casas y vasijas, a vista del dicho reformador, cuarenta mil y cuarenta maravedís, XL M XL.

 

   La cual esta dicha heredad de Esquivias se hace siete partes para los siete hijos de la dicha doña Marquesa, mujer del dicho Fernán Pérez, por cuanto fue de su dote de la dicha doña Marquesa. De las cuales dichas siete partes, las cinco partes son para los dichos doña María y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, sus hijos; y las otras dos partes se devuelven a los bienes del dicho Fernán Pérez para partir entre todos los dichos sus[44] hijos. Esto, por las dos partes que las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, en él renunciaron; que viene a cada una de las dichas siete partes de los dichos cuarenta mil y cuarenta maravedís del dicho aprecio de la dicha heredad, cinco mil y setecientos y veinte maravedís. V M  DCC XX.

 

   Y montan las dos partes de las susodichas que pertenecieron al dicho Fernán Pérez por las dichas sus dos hijas que en él renunciaron, once mil y cuatrocientos y cuarenta maravedís. Los cuales son para todos los dichos doña María y doña Sancha y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, sus hijos. Que viene a cada una parte de ellos mil y seiscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados. I M DC XXX IIIIº [y] III ducados.

 

   Según lo cual, cabe de esta dicha heredad de Esquivias a los dichos doña María y doña Sancha y Pedro de Guzmán y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, [//f. 6v.] a cada uno de ellos de su parte de ambas a dos las dichas herencias de los dichos sus padre y madre, siete mil y trescientos y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

   Ítem. Caben de esta dicha heredad a los dichos Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, como herederos del dicho Fernán Pérez, su padre, a cada uno de ellos de su parte los dichos mil y seiscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados. I M DC XXX IIIIº [y] III ducados.

 

   Las cuales dichas partes, que a cada uno de los dichos herederos pertenece de la dicha heredad, las partimos y señalamos en esta manera:

 

   Primeramente que la dicha señora doña María, abadesa, haya de las dichas viñas, según le cupiese por suerte, seis aranzadas en el dicho precio que fueron apreciadas, que montan cuatro mil y doscientos maravedís. Y más que haya en las dichas casas y cubas y tinajas y tinajones y tierras y olivas, según le cupiere por suerte, en cuantía de tres mil y ciento y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. Así le son cumplidos los dichos siete mil y trescientos y cincuenta maravedís y tres ducados de la dicha su parte de toda la dicha heredad de Esquivias. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

  Ítem. Que haya el dicho Pedro de Guzmán de las dichas viñas, según le cupiere por suerte, siete aranzadas en el dicho precio que fueron apreciadas, que montan cuatro mil y novecientos maravedís. Y en las dichas casas y cubas y tinajas y tinajones y tierras y olivas, según le cupiere por suerte, dos mil y cuatrocientos y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. Así le son cumplidos los dichos siete mil y trescientos y cincuenta maravedís y tres ducados de la dicha su parte de toda la dicha heredad de Esquivias. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

   Ítem. Que haya la dicha doña Sancha de las dichas [//f. 7r.] viñas, según le cupiere por suerte, siete aranzadas en el dicho precio que fueron apreciadas, que montan cuatro mil y novecientos maravedís. Y en las dichas casas y cubas y tinajas y tinajones y tierras y olivas, según el dicho aprecio lo que le cupiere por suerte, en cuantía de tres mil y ciento y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. Así le son cumplidos para su parte los dichos siete mil y trescientos y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

   Ítem. Que haya el dicho Manuel de Guzmán, de las dichas viñas, otras seis aranzadas en el dicho precio, que montan cuatro mil y doscientos maravedís. Y en las dichas casas y cubas y tinajas y tinajones y tierras y olivas, tres mil y ciento y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. Todo según le cupiere por suerte. Así le son cumplidos de su parte los dichos siete mil y trescientos y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

   Ítem. Que haya la dicha doña Marquesa, de las dichas viñas, otras seis aranzadas en el dicho precio, que montan cuatro mil y doscientos maravedís. Y en las dichas casas y cubas y tinajas y tinajones y tierras y olivas[45] tres mil y ciento y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados, según le cupiere por suerte. Así le serán cumplidos para la dicha su parte los dichos siete mil y trescientos y cincuenta y cuatro maravedís y tres ducados. VII M CCC L IIIIº [y] III ducados.

 

   Ítem. Que haya el dicho Ramiro de Guzmán, de las dichas viñas, dos aranzadas según el dicho aprecio, las que le cupieren por suerte. Que montan mil y cuatrocientos maravedís. Y que el dicho Pedro de Guzmán le dé en ducados o en tinajas de la susodichas, según el dicho aprecio y suerte, doscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados. Así le son cumplidos los dichos mil y seiscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados, que ha de haber de la dicha su parte de la dicha heredad. I M DC XXX IIIIº [y] III ducados. 

[//f. 7v.]

 

   Ítem. Que haya el dicho Alfonso de Guzmán, de las dichas viñas, dos aranzadas, según el dicho aprecio, las que le cupieren por suerte. Wue montan mil y cuatrocientos maravedís. Y que el dicho Pedro de Guzmán le dé en ducados o vasijas doscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados. Así le son cumplidos los dichos mil y seiscientos y treinta y cuatro maravedís y tres ducados, que le caben de su parte de la dicha heredad. I M DC XXX IIIIª [y] III ducados.

 

 

   Este[46] es el aprecio y partición de la heredad de La Aldehuela[47] con El Corralejo de Olías, que fue del dicho señor Fernán Pérez de Guzmán y de la dicha señora doña Marquesa, su mujer:

 

   Apreciamos la dicha heredad de La Aldehuela con El Corralejo de Olías, con las casas que allí son y con todos sus términos[48] y prados y ejidos y tierras y río en ciento y veinte mil maravedís. En la cual dicha heredad se apreció que hay hasta veinte yugadas de tierras, poco más o menos. La cual dicha heredad se parte en esta manera y las dichas yugadas se apreciaron de [sic] cincuenta fanegas la yugada.  C XX M.

 

   Primeramente[49] la mitad de la dicha heredad perteneció a los herederos de la dicha señora doña Marquesa, que son siete. Conviene a saber: los dichos doña María y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, sus hijos, y al dicho Fernán Pérez dos partes por las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, que en él renunciaron. Que monta la dicha mitad diez yugadas. Que viene a cada una parte de las dichas siete partes setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadales de tierra. Así que de esta mitad viene a cada uno de los dichos doña María y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa de la dicha herencia de su madre [//f. 8r.] las dichas setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadales.

 

   Ítem. De la dicha heredad perteneció al dicho Fernán Pérez la otra mitad, que son diez yugadas, y más de las dos partes de la dicha doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, que en él renunciaron de la dicha herencia de la dicha doña Marquesa, su madre, ciento y cuarenta y dos fanegas y trescientos y cincuenta estadales, que es toda la parte del dicho Fernán Pérez seiscientas y cuarenta y dos fanegas y trescientos y cincuenta estadales, que son doce yugadas y cuarenta y dos fanegas y trescientos y cincuenta estadales. Lo cual todo pertenece a todos los dichos sus siete hijos: doña María y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán. Que viene a cada una parte de ellos noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales.

 

   Según la cual dicha partición, cabe a cada uno de los dichos siete herederos del dicho señor Fernán Pérez, de la dicha heredad de La Aldehuela con El Corralejo de Olías, esto que se sigue:

 

   A la dicha doña María, abadesa, de la parte de la dicha su madre, setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadades; y de la parte del dicho su padre, noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. Que son todos: ciento y sesenta y tres fanegas y ciento y diez estadales de tierras, que montan tres yugadas y trece fanegas y ciento y diez estadales. III yugadas, III fanegas y CX estadales.

 

   Al dicho Pedro de Guzmán, de la parte de la dicha su madre, setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadades; y de la parte del dicho su padre, noventa y una [//f. 8v.] fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. Que son todas: otras ciento y sesenta y tres fanegas y ciento y diez estadales de tierras, que son tres yugadas y trece fanegas y ciento y diez estadales. III yugadas, III fanegas y CX estadales.

 

    A la dicha doña Sancha, de la parte de la dicha su madre, otras setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadades; y del dicho su padre, otras noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. Que son todos: otros ciento y sesenta y tres fanegas y ciento y diez estadales de tierras, que son tres yugadas y trece fanegas y ciento y diez estadales. III yugadas, III fanegas y CX estadales.

 

   Al[50] dicho Manuel de Guzmán, de la parte de la dicha su madre, setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadades; y del dicho su padre, noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. Que son todas ciento y sesenta y tres fanegas y ciento y diez estadales de tierras, que son otras tres yugadas y trece fanegas y ciento y diez estadales. III yugadas, III fanegas y CX estadales.

 

   A[51] la dicha doña Marquesa, de la parte de la dicha su madre, setenta y una fanegas y ciento y setenta y cinco estadades; y del dicho su padre, noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. Que son todas ciento y sesenta y tres fanegas y ciento y diez estadales de tierras, que son otras tres yugadas y trece fanegas y ciento y diez estadales. III yugadas, III fanegas y CX estadales.

 

   Al dicho Ramiro de Guzmán, de la parte del dicho Fernán Pérez, su padre, noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales, que son una yugada y cuarenta y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. I yugada, XLI fanegas y XXXV estadales. [//f. 9r.]

 

   Al dicho Alfonso de Guzmán, de la parte del dicho Fernán Pérez, su padre, otras noventa y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales, que son otra yugada y cuarenta y una fanegas y trescientos y treinta y cinco estadales. I yugada, XLI fanegas y XXXV estadales.

 

   Y, según las partes que cada uno de los sobredichos ha de haber y le cabe de la dicha heredad de La Aldehuela con El Corralejo de Olías, cada uno de ellos haya su parte en las casas y prados y ejidos y río de la dicha heredad.

 

   Y, por cuanto la dicha tierra no se midió, atiéndase que, si más hubiera en ella de las dichas veinte yugadas en que se apreció, que más sea de todos los dichos herederos y se reparta entre ellos la tal demasía, según y al respecto de las dichas partes que cada uno de ellos ha de haber, como susodice; y, si menos hubiere, al dicho respecto.

 

 

   Este[52] es el aprecio y partición de las heredades de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón, que fue de los dichos señores Fernán Pérez de Guzmán y doña Marquesa, su mujer:

 

   Primeramente[53] las casas principales del dicho lugar [de] Bargas, con su lagar y viga y piedra y trascorral, según hoy está, sin los reparos que en ellos se han de hacer, a vista del dicho padre reformador, según en la dicha sentencia arbitraria se contiene, apreciose en once mil maravedís.  XI M.

 

   Trece tinajas para vino tener que están en la dicha heredad de Bargas aprécianse a cien maravedís una con otra, que son mil y trescientos maravedis. I M CCC.

 

   Ítem. Dos cubas, la una de ellas desbaratada, las cuales se aprecian, según hoy están, sin el reparo que en ellas se ha de hacer, en cuatrocientos maravedís. CCCCº. [//f. 9v.]

 

   Ítem. Un suelo, que dicen de Orejón, que es para molino, el cual es en el dicho lugar [de] Bargas, aprecióse en seis mil marvedís. VI M.

 

   Otro suelo, que es en el dicho lugar [de] Bargas, que está dado a tributo a Pedro Carretero por un par de gallinas cada año, aprecióse en quinientos maravedís. D.

 

   Ítem. Hay de tributos de viñas y majuelos en la dicha heredad de Bargas, con las que solían ser viñas, que se llamaban una la Grande Castellana y la otra Blanca, ciento y sesenta maravedís cada año, los cuales se aprecian a razón de quince mil maravedís el millar, que monta dos mil y cuatrocientos maravedís. II M CCCCº.

 

   Ítem. Hay más en esta dicha heredad de Bargas dieciséis aranzadas de majuelos, las cuales se aprecian a mil y doscientos maravedís la aranzada, que montan diecinueve mil y doscientos maravedís. XIX M CC.

 

   Ítem. Hay más en la dicha heredad de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón setecientas y una olivas en esta guisa: en término de Bargas, trescientas y treinta olivas; y en término de Olías, trescientas y una olivas; y en El Corralejo[54], setenta olivas. Que son todas las dichas setecientas y una olivas, las cuales se aprecian a ciento y cincuenta maravedís una con otra, que montan ciento y cinco mil y ciento y cincuenta maravedís. CV M CL.

 

   Ítem. Se apreció que hay en toda la dicha heredad de Bargas y Olías y El Corralejo hasta trescientas y cincuenta y dos fanegas de tierras, poco más o menos, en ciertos pedazos en esta guisa: en El Corralejo de Orejón hasta ciento y cincuenta fanegas[55]; y en Olías y Bargas hasta doscientas y una fanegas y media. Que son todas las dichas trescientas y seis fanegas, contadas a cincuenta fanegas la yugada, que son siete yugadas, poco más o menos. Las cuales se aprecian a cinco mil maravedís la yugada, que montan treinta y cinco mil maravedís[56]. XXXV M. [//f. 10r.]

 

   Suma todo el valor de las dichas heredades de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón, según el dicho aprecio en la manera que susodice, en ducados [sic] ciento y ochenta mil y novecientos y cincuenta maravedís. C LXXX M DIIIIº L.

 

   La cual esta dicha heredad se parte en esta manera que se sigue:

 

   Primeramente, de las dichas setecientas y una olivas se sacan para los herederos de la dicha doña Marquesa, que son los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y el dicho Fernán Pérez por las dos partes de las dichas sus dos hijas que en él renunciaron, trescientas y ochenta y cinco olivas en esta guisa: las setenta olivas del Corralejo de Orejón, porque eran de su dote de la dicha doña Marquesa, y de las otras seiscientas y treinta y una olivas que hay en Bargas y Olías, la mitad, que son trescientas y quince olivas, porque las dichas seiscientas y treinta y una olivas compró [¿compraron?] los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa. Así son cumplidas las dichas trescientas y ochenta y cinco olivas que han de haber los dichos herederos de la dicha doña Marquesa. Que viene a cada uno de los dichos sus siete herederos de la dicha doña Marquesa, contando al dicho Fernán Pérez por dos herederos, a cada un heredero cincuenta y cinco olivas.

 

   De las cuales dichas trescientas y ochenta y cinco olivas de la dicha doña Marquesa ha de haber el dicho señor Fernán Pérez, en lugar de las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, ciento y diez olivas. Y, sacadas estas dichas ciento y diez olivas de las dichas trescientas y ochenta y cinco olivas de la dicha doña Marquesa, quedan para los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, cinco herederos de la dicha doña Marquesa, su madre, doscientas y setenta y cinco olivas, que viene a cada uno las dichas cincuenta y cinco olivas. [//f. 10v.]

 

   Así que quedan por bienes del dicho Fernán Pérez, para partir entre todos los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa y Ramiro y Alfonso, cuatrocientas y veintiséis olivas en esta guisa: de las dichas dos partes de las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, que se devolvieron a él las dichas ciento y diez olivas y de su mitad del dicho Fernán Pérez de la dicha compra, trescientas y dieciséis olivas[57]. Que son todas: las dichas cuatrocientas y veintiséis olivas; las cuales, hechas siete partes para todos los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa y Ramiro y Alfonso, viene a cada parte sesenta y una olivas.

 

   Según lo cual, ha de haber cada uno de los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, de ambas herencias de su padre y madre, ciento y dieciséis olivas en esta guisa: de su madre, cincuenta y cinco, y de su padre, sesenta y una olivas, que son las dichas ciento y dieciséis olivas.

 

   Ítem. Ha de haber cada uno de los dichos Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, como herederos del dicho Fernán Pérez, su padre, cada uno de ellos sesenta y una olivas.

 

   Otrosí, de las dichas trescientas y cincuenta y dos fanegas de tierras que hay en las dichas heredades de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón[58], se sacan para los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, hijos y herederos de la dicha doña Marquesa y el dicho Fernán Pérez por dos partes en lugar de las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, doscientas y cincuenta y una fanegas de tierras [//f. 11r.] de[59] las sobredichas en esta guisa: de la dicha heredad del Corralejo de Orejón, que fue de la dicha doña Marquesa, las dichas ciento y cincuenta fanegas que se apreció que hay en ella; y de la mitad de las dichas doscientas y[60] dos fanegas de él, que compró [¿compraron?] Fernán Pérez y doña Marquesa, ciento y una fanegas. Que son las dichas doscientas y cincuenta y una fanegas. De que viene a cada parte de los dichos herederos de la dicha doña Marquesa treinta y seis fanegas de tierras.

 

   Ha de haber el dicho Fernán Pérez, como heredero de la dicha doña Marquesa, su mujer, en lugar de las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, que en él renunciaron dos partes de las dichas doscientas y cincuenta y una fanegas de tierras, que son setenta y dos fanegas de tierras; y más de su mitad de las dichas compras, ciento y una fanegas de tierras. Que son todas ciento y setenta y tres fanegas de tierras. Las cuales, hechas siete partes por todos los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro y Alfonso de Guzmán, viene a cada una parte de ellos veinticuatro fanegas y media de tierras.

 

   Según lo cual, ha de haber cada uno de los dichos doña María y Pedro de Guzmán y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa, de la parte de la dicha su madre, treinta y seis fanegas; y de la parte del dicho su padre, veinticuatro fanegas y media. Wue viene a cada uno de ellos sesenta fanegas y media de tierras.

 

   Ítem. Viene a cada uno de los dichos Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán como herederos del dicho Fernán Pérez, su padre, de las dichas tierras, las dichas veinticuatro fanegas y media de de tierras.

 

   Otrosí[61], de las dichas dieciséis aranzadas de viñas que hay en el dicho término de Bargas, por cuanto se compraron en vida de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, su mujer, caben de ellas a los herederos de la dicha doña [//f. 11v.] Marquesa, que son los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y el dicho Fernán Pérez de dos partes por las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, que en él renunciaron, la mitad, que son ocho aranzadas. Que viene a cada parte de ellas una aranzada y cincuenta y siete estadales.

 

   Ítem. Ha de haber el dicho Fernán Pérez, de las dichas viñas de la otra su mitad de las dichas viñas [sic], otras ocho aranzadas; y de los dos partes de las dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, dos aranzadas y ciento y catorce estadales. Que monta todo diez aranzadas y ciento y catorce estadales. Las cuales hechas siete partes para todos los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro y Alfonso, sus hijos, viene a cada parte una aranzada y ciento y ochenta y siete estadales y medio.

 

   Según lo cual, han de haber los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y doña Marquesa y Manuel[62] de Guzmán, de ambas herencias de los dichos sus padre y madre, cada uno de ellos dos aranzadas y doscientos y cuarenta y cinco estadales.

 

   Ítem. Ha de haber cada uno de los dichos Ramiro y Alfonso de las dichas viñas, como herederos del dicho Fernán Pérez, su padre, cada uno de ellos una aranzada y ciento y ochenta y siete estadales y medio.

 

   Otrosí de los dichos ciento y sesenta maravedís que hay de tributos en la dicha heredad de Bargas, y más el par de gallinas del suelo que tiene Pedro Carretero, que se aprecian en veinte maravedís, que son todos ciento y ochenta maravedís, se sacan para todos los dichos herederos de la dicha doña Marquesa, que son siete herederos contado al dicho Fernán Pérez por dos herederos en lugar de las dichas dos sus hijas, doña Elvira y doña Leonor, el tributo de las dichas dos viñas, la una que dicen la Viña Blanca, que tiene Pedro de los Rocines por veinte maravedís de [//f. 12r.] tributo cada año; y la otra, la Castellana, que tiene Juan de Vargas, por treinta maravedís cada año, por cuanto estas dos viñas fueron de la dote de la dicha doña Marquesa, que son cincuenta maravedís de tributo cada año.

 

   Y sacados estos dichos cincuenta maravedís de tributo de los dichos ciento y ochenta maravedís de tributos del dicho suelo y viñas, quedan de los otros tributos ciento y treinta maravedís; de los cuales pertenece a los dichos herederos de la dicha doña Marquesa la mitad, que son sesenta y cinco maravedís; y juntados con los dichos cincuenta maravedís, son todos los maravedís de los dichos tributos que pertenecieron a los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa y el dicho Fernán Pérez por dos partes de las dichas sus dos hijas, ciento y quince maravedís de tributos[63]. Que viene a cada una parte de ellos dieciocho maravedís y cuatro ducados.

 

   Ítem. Ha de haber el dicho Fernán Pérez de la otra su mitad de los dichos ciento y treinta maravedís de los dichos tributos otros sesenta y cinco maravedís; y de las dos partes de los dichas doña Elvira y doña Leonor, sus hijas, de la dicha herencia de su madre, treinta y dos maravedís y ocho ducados. Que son todos noventa y siete maravedís y ocho ducados. Los cuales, hechas siete partes para todos los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa y Ramiro y Alfonso, cabe a cada una parte de ellos catorce maravedís.

 

   Según lo cual, cabe de su parte de ambas herencias a cada uno de los dichos Pedro de Gumán y doña María y doña Sancha y Manuel y doña Marquesa, de los dichos tributos, treinta maravedís y cuatro ducados.

 

   Ítem. Cabe de su parte de la dicha herencia del dicho Fernán Pérez a cada uno de los dichos Ramiro y Alfonso, de los dichos tributos, catorce maravedís.

 

   La[64] cual toda la dicha heredad de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón, así casas como olivas y tierras y viñas y tributos, según las partes que cada uno de los dichos herederos ha de haber, como susodice, [//f. 12v.] partimos en la manera que adelante será dicha y declarada para cada uno de los dichos herederos, para que se echen suertes entre ellos por que [a] cada uno convenga su parte.

 

   Primeramente partimos y señalamos para una parte de los dichos cinco herederos de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, que ha de haber ciento y dieciséis olivas y sesenta fanegas y media de tierras; y dos aranzadas y doscientos y cuarenta y cinco estadales de viñas; y treinta maravedís y cuatro ducados de tributos, esto que se sigue:

 

   Primeramente[65] la tercia parte de las tierras del Corralejo de Orejón, la parte de arriba, según fue amojonado y señalado, que alinda con Darrahiel y con Serranos[66], en la cual no caen olivas ningunas, en que hay cincuenta fanegas de tierras. L fanegas.

 

   Ítem. Una tierra en Bargas, entre la dehesilla y el arroyo, que alinda con tierras de San Bernardo y con tierra de San Juan, que cabe ocho fanegas. VIIIº fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra en Bargas, al término de Camarena, que alinda con tierras de San Bernardo y con tierra de Fernando de la Parra, que cabe dos fanegas. II fanegas.

 

   Ítem. Seis olivas al manzanar, en término de Olías, que alindan con olivas

de Tello Pantoja. VI olivas.

 

   Ítem. Otra oliva, que se llama A Rienda Caballos, en término de Bargas, que alinda con el camino que va de toledo a Camarena. I oliva.

 

   Ítem. Del olivar grande del Corralejo ciento y nueve olivas que toman de majuelo y olivas de Alfonso Conejo y va a alindar a olivas de Fernán González de Ávila, notario [?], y alindan con el camino real, según se amojonó y señaló, y por los dichos mojones alinda con otro pedazo del dicho olivar; esto sin las tierras que allí están, salvo lo que pertenece labrar a las dichas olivas.

 

   Ítem. De las dichas viñas del majuelo del Prado la cabeza mayor de la cuesta, en que hay dos aranzadas que alindan [//f. 13r.] con majuelo de Fernando de la Parra y con majuelo de los frailes de la Trinidad; y más del dicho majuelo, el arenal ayuso hasta el prado, doscientos y cuarenta y cinco estadales, según quedó amojonado. II aranzadas CCXLV estadales.

 

  Ítem. De los dichos tributos el dicho suelo que tiene Pedro Carretero por un par de gallinas, que se aprecian en veinte maravedís; y el tributo de diez maravedís que da la de Martín García de un majuelo en Bargas; y son todos treinta maravedís. XXX.

 

   Esta es otra suerte para uno de los dichos herederos de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, que ha de haber otras ciento y dieciséis olivas; y sesenta fanegas y media de tierras; y dos aranzadas y doscientas y cuarenta y cinco estadales de viñas; y treinta maravedís y cuatro ducados de tributos de viñas. Lo cual le partimos en esta guisa:

 

   La[67] tercia parte de las tierras del Corralejo de Orejón, la de en medio de las otras dos tercias partes, en que hay cincuenta fanegas de tierras y sesenta y cuatro olivas, la cual suerte quedó amojonada y señalada para uno de los dichos herederos.  LX IIIIº olivas L fanegas.

 

   A Valdesalud, en término de Bargas, una tierra que cabe una fanega y media, y más doce olivas que están en ella, que alinda con tierra de los frailes de San Bernardo y con tierra de San Pedro de las Dueñas. XII olivas I fanega y media.

 

   Del olivar injerido camino de Toledo cuarenta olivas, que alinda con la otra mitad del dicho olivar y con tierra de Sancho Capoche, y va desde el camino de Toledo por medio del dicho olivar hasta dar en la linde de tierra de San Bernardo; y es esta suerte como miran en el dicho olivar por el camino que viene de hasta Toledo a la mano derecha. XL olivas.

 

   Ítem. Otra tierra a Valdesalud, que alinda con tierra de San Pedro de las Dueñas; y de la otra parte, a la cabezada, con tierra de Fernando de la Parra; y de la otra parte, con tierra de la dicha heredad, que tiene siete olivas que es [?] para otra suerte; y cabe esta tierra seis fanegas. VI fanegas. [//f. 13v.]

 

   Ítem. Otra tierra al portillo de Bargas, que alinda con majuelo de Capoche y con tierra de Benalhavia[68] y con el camino real, que cabe tres fanegas. III fanegas.

 

   De las dichas viñas del dicho majuelo del Prado media aranzada que alinda con el dicho prado; y de la parte de arriba, con lo otro del dicho majuelo que cayó en la suerte suso escrita antes que esta; y de la otra parte de arriba hasta la cuesta, con majuelo de Fernando de la Parra. CC estadales.

 

   Ítem. Otro pedazo de viña, que dice la suerte, camino de Serranos, en que hay media aranzada y alinda con el dicho camino y con majuelo de herederos de Juan Ruiz de Benalhavia. CC estadales.

 

   Ítem. Otra viña encima de la susodicha al dicho camino de Serranos en que hay una aranzada, que alinda con los alvillares [?], y porque esta viñas son mejores que las otras no caen en esta suerte más que estas dichas dos aranzadas. I aranzada.

 

   Ítem[69]. De los dichos tributos de viñas partimos para esta suerte los veinticuatro maravedís de tributo que paga Juan Gómez, cerero, de las viñas que tiene, y otros seis maravedís que paga el yerno de Pedro Martín del majuelo del Prado. XXX.

 

   Esta es otra suerte para otro de los dichos herederos de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, a la cual le caben otras ciento y dieciséis olivas; y sesenta fanegas y media de tierras; y dos aranzadas y doscientos y cuarenta y cinco estadales de viñas; y treinta maravedís y cuatro ducados de tributos. Lo cual le partimos en esta guisa:

  

   La[70] otra tercia parte de las tierras del dicho Corralejo de Orejón, que es la parte de ayuso hasta el camino, con seis olivas que hay en esta suerte. VI olivas. L fanegas.

 

   Ítem. Otras catorce olivas con una tierra al pago de Valdesalud, que alinda con tierra de la iglesia de Bargas y con tierras de herederos de Pedro García, herrero [?], y hay en la tierra dos fanegas. XIIIIº olivas. II fanegas. [//f. 14r.]

 

   Ítem. Otras doce olivas en lo de Hoces contra el término de Bargas, las cuales están de ellas en tierra de Pedro Carretero, y de ellas en tierra de la de Juan Mateos, de Olías. XII olivas.

 

   Ítem. Otras siete olivas al dicho pago de Valdesalud, con las tierras en que están, que alindan con tierra de Fernando de la Parra, y de la otra parte con tierra de la Juan Ruiz de Benalhavia, en la cual tierra hay dos fanegas. VII olivas, II fanegas.

 

   Otra tierra al prado encima de la Manga Nueva, que alinda con tierra de Pedro Suárez de Toledo, y de la otra parte con tierra de Fernando de la Parra, que viene a dar a la calera [?], que cabe seis fanegas. VI fanegas.

 

   Ítem. Otras seis olivas a los manzanos, que alindan con tierra de la candela de la iglesia de Bargas, y de la otra parte con tierra de San Bernardo. VI olivas.

 

   Ítem. Otras tres olivas a la viña del Ciego, que alindan con tierra de Fernando de Pulgar, y de la otra parte con tierra de Fernando de la Parra. III olivas.

 

   Ítem. Cinco olivas, que están las tres en la Viña Blanca y las dos en el Castellano. VI olivas.

 

   Ítem. En el olivar de Haraón, en término de Olías, sesenta y tres olivas comenzando [?] de los majanos de otra suerte en que se amojonó como va el olivar ayuso por otros mojones que están señalados y [?] que alindan con el camino y con El Corralejo de Olías; y entran en ellas dos olivas que están a par del dicho camino. LX III olivas.

 

   De las dichas viñas señalamos para esta suerte esto que se sigue: los ocho olivos que alindan con majuelo de Antón García, de Olías, y con majuelo de Pedro Carretero, en que hay media aranzada. CC estadales.

 

   Más otra viña que se llama El Redonduelo, en término de Bargas, que alinda con viña de la de de Juan Ruiz de Benalhavia, en que hay una aranzada. I aranzada.

 

  Más el majuelo que dicen El Físico, que alinda con majuelo de Alfonso Díaz, en que hay una aranzada. I aranzada.

 

   Del majuelo que dicen del Abad un cornijal [//f. 14v.] en que hay cuarenta y cinco estadales, el cual cornijal es hasta los alvillares, cerca [de] los dichos ocho olivos. XLV estadales.

 

   Ítem. De los dichos tributos echamos a esta parte los treinta maravedís que paga Juan de Vargas por la viña Castellana. XXX.

 

 

   Esta es otra suerte para otro de los dichos herederos de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa, que ha de haber otras ciento y dieciséis olivas; y sesenta fanegas y media de tierras; y dos aranzadas y doscientos y cuarenta y cinco estadales de viñas; y treinta maravedís y cuatro ducados de tributos. Lo cual lo partimos en esta manera:

 

   Una tierra con setenta olivas que dicen de la Cueva [¿Avena?], que sale de tierra de San Pedro de las Dueñas y va a dar al camino de Darrahiel, y la dicha tierra cabe veinte fanegas. LXX olivas, XX fanegas.

 

   Otra tierra, que dicen las tierras de la Red, en que hay otras veinte fanegas de tierras y cuarenta y cinco olivas, que alinda con tierras del término de Benalhavia; y de la otra parte con tierra de Santiago; y de la otra parte con tierra de San Andrés. XLV olivas, XX fanegas.

 

   Otra tierra al majuelo viejo de Benalhavia, que alinda con el dicho majuelo viejo y con tierra de Benalhavia, en que hay cuatro fanegas. IIIIº fanegas.

 

   Otra tierra a La Moraleja, que alinda con tierra de Pedro Carretero y con tierra de la del bachiller de Herrera, que cabe tres fanegas. III fanegas.

 

   Otra tierra cerca de la susodicha de La Moraleja con dos olivas que están en ella, que alinda con tierra de Santa María, y es debajo del majuelo de Corpus Christi. Las cuales dichas dos olivas son pequeñas, de poco valor, y la dicha tierra cabe una fanega. II olivas, I fanega.

 

   Otra tierra camino de Darrahiel, que alinda con el dicho camino y con tierra de la del bachiller de Herrera, y de la otra parte con tierra de San Pedro de las Dueñas, que cabe dos fanegas. II fanegas. [//f. 15r.]

 

   Otra tierra a la fuente camino de Espadaluenga[71], que alinda co tierra de San Bernardo y va a dar una esquina de ella a[l] majuelo de Pedro del Lagar [?] y alinda con tierra de Corpus Christi, que cabe ocho fanegas. VIII fanegas.

 

   Otra tierra frontera camino de Toledo que llega a las eras, que cabe dos fanegas.

 

   Ítem. Partimos para esta dicha suerte de las dichas viñas el majuelo que dicen del Abad a Valdeolivas[72], que alinda con majuelo de Pedro Carretero y con majuelo de Fernando de la Parra, en que hay dos aranzadas y media, sin los cuarenta y cinco estadales del cornijal que tomamos de él para la suerte suso escrita. Así que quedan de este majuelo para esta suerte dos aranzadas y ciento y cincuenta y cinco estadales. II aranzadas, CLV estadales.

 

   Del majuelo que dicen del Lagar de la parte de abajo al cornijal hasta el camino que alinda con los frailes de San Bernardo noventa estadales. XC estadales.

 

   Ítem. De los dichos tributos echamos a esta dicha parte los veinte que paga Pedro de los Rocines por la viña Blanca de Bargas, y diez maravedís de los veintidós maravedís que paga de tributo Pedro Carretero por la viña que tiene, que son treinta maravedís. XXX.

 

 

  Esta es otra suerte para otro de los dichos herederos de los dichos Fernán Pérez y doña Marquesa que ha de haber otras ciento y dieciséis olivas; y sesenta fanegas y media de tierras; y dos aranzadas y doscientos y cuarenta y cinco estadales de viñas; y treinta maravedís y cuatro ducados de tributos. Lo cual partimos en esta guisa:

 

   Una[73] tierra cerca [d]el Corralejo de Orejón, que alinda con el dicho Corralejo de Orejón y con tierra de San Pedro de las Dueñas, en la cual dicha tierra hay sesenta y una olivas y veinte fanegas de tierras. LXI olivas, XX fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra cerca de la susodicha y alinda con ella, y de la otra parte con tierra que dicen del Cuerno, que es de Fernando del Pulgar, en que hay seis fanegas. VI fanegas. [//f. 15v.]

 

   Del olivar injerido que es camino de Toledo treinta y nueve olivas que toman del dicho camino de Toledo y alinda con otra suerte del dicho olivar, y de la otra parte de ayuso alinda con tierra de San Bernardo, y de la otra parte alinda con tierra y olivar de San Bernardo. XXXIX olivas.

 

   Ítem. Otro olivar y tierra al majuelo de Capoche, que alinda con el majuelo viejo de Benalhavia, en que hay catorce olivas y fanega y media de tierra. X IIIIº olivas y I fanega y media.

 

   Ítem. Dos olivas en una tierra pequeña cerca [d]el camino de Darrahiel, que alinda con tierra de San Bernardo, y la tierra cabe hasta media fanega. II olivas, media [fanega].

 

   Otra tierra camino de Espadaluenga, que alinda con otra tierra de esta dicha heredad y con el camino que va a Espadaluenga, y de la otra parte con tierra de San Bernardo, que cabe quince fanegas. XV fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra camino de la dehesilla, que alinda con tierra de San Bernardo y con tierra de Santiago, que cabe dos fanegas. II fanegas.

  

   Otra tierra lindera de La Aldehuela camino de Espadaluenga a los barrancos, que alinda con tierra de Fernando de la Parra, que cabe tres fanegas. III fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra bajo del portillo, que alinda con el camino real y con tierra de la Orden de Calatrava, y de la otra parte con tierra de San Pedro de las Dueñas, que cabe cinco fanegas. V fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra al prado encima de la Manga Mayor, que alinda con tierra de Pedro Suárez y con tierra de San Bernardo, que cabe dos fanegas. II fanegas.

 

   Ítem. Otra tierra a los Pozuelos, que alinda con la dehesa de Serranos y con tierra de Gonzalo Pantoja, que cabe cinco fanegas. V fanegas.

 

   Ítem. Damos para esta dicha suerte de las dichas viñas del majuelo del Lagar, que alinda con tierra de San Bernardo, y de la otra parte con tierra de Corpus Christi, en el cual hay tres aranzadas, del cual se sacaron para la otra suerte noventa estadales. Así que quedan [//f. 16r.] de él para esta suerte dos aranzadas y trescientos y diez estadales. Y los estadales que lleva de más esta suerte es por razón que iguale con las otras viñas porque no es tan buena, y quítense los dichos noventa estadales de la parte donde caen las sortesuelas [sic] camino de Serranos. II aranzadas, CCC X estadales.

 

  Ítem. De los dichos tributos damos a esta suerte los cinco maravedís que paga Gonzalo \Ruiz/, gallego, de la viña que tiene, y veintiséis maravedís que pagan los herederos de Alfonso Díaz, que son todos treinta y un maravedís. XXX I.

 

 

   Esta es otra suerte para uno de los dichos otros herederos del dicho Fernán Pérez, hijos del dicho Fernán Pérez y de la dicha Catalina Álvarez, su segunda mujer, que ha de haber sesenta y una olivas; y veinticuatro fanegas y media de tierras; y una aranzada y ciento y ochenta y siete estadales de viñas; y catorce maravedís de tributos. Lo cual partimos en esta guisa:

 

   Primeramente, del olivar de Haraón, que es en el término de Olías, treinta y dos olivas. Conviene saber: desde los mojones de la una suerte que yuso hicieron desde la segunda parte hasta alindar con olivas de Fernán González de Ávila, notario [?], y de la otra parte con el camino de Huendas [?]. XXX II olivas.

 

   Otras dieciséis olivas a Torcicuellos en el dicho término de Olías, entre las viñas que alindan con olivas de Santo Domingo el Real y con majuelo de Pedro de Aguilar. XVI olivas.

 

   Ítem. Otras trece olivas en término de Olías al dicho pago del Haraón a las postrimeras olivas, orilla del Corralejo, según quedaron amojonadas. XIII olivas.

 

   De las tierras de Olías que están cerca [de] los Alvillares, la mitad, que son veintiuna fanegas y media de tierra. XXI fanegas y media.

 

   Otra tierra frontera cerca [de] Bargas, camino de las viñas que alindan con el camino de la viñas y con tierra de Fernando de la Parra, y va a dar al camino de Camarena, que cabe dos fanegas. II fanegas. [//f. 16v.]

 

   Otra tierra al prado que alinda con la fuente del prado y viene a dar a la Manga Buena, que cabe dos fanegas. II fanegas.

 

   Otra tierra a la viña del Ciego que alinda con tierra de Fernando del Pulgar de ambas partes, que cabe tres fanegas. III fanegas.

 

   \Ítem/ Partimos para esta dicha suerte de las dichas viñas conviene saber: del majuelo del Peral, en que hay dos aranzadas y media, de la cual se saca para otra suerte echar con el majuelo de la Fuente media aranzada, así que echamos a esta dicha suerte dos aranzadas porque lleva [?] mejora las otras suertes y alinda con la dicha media aranzada y con el camino que va al prado. II aranzadas.

 

   Ítem. De los dichos tributos echamos a esta suerte once maravedís de los veintidós maravedís que paga Pedro Carretero por la viña que tiene y tres maravedís de los diecisiete maravedís que paga la de Juan Ruiz de Benalhavia por la una que tiene, que son todos catorce maravedís. XIIIIº.

 

 

   Esta es otra suerte para uno de los otros dichos dos herederos hijos de los dichos Fernán Pérez y Catalina Álvarez, que ha de haber sesenta y una olivas; y veinticuatro fanegas y media de tierras; y un aranzada y ciento y ochenta estadales de viñas; y catorce maravedís de tributos. Lo cual lo partimos en esta guisa:

 

   Un[74] olivar en Olías que se llama Torcicuellos, en que hay cincuenta y una olivas que alindan con la senda que va a La Aldehuela y con majuelo de Fernán Pérez de los Álamos y con olivar de Tello Pantoja. LI olivas.

 

   Ítem. Seis olivas en el cabo del olivar de Haraón, en término de Olías, a las postrimeras olivas, que alinda con olivas de Santo Domingo el Real. VI olivas.

 

   Ítem. Cuatro olivas en lo de Bargas que alinda con tierra de San Pedro de las Dueñas y con tierra de la candela de Bargas.

 

   Ítem[75]. De las cuarenta y tres fanegas de tierras del término de Olías, cerca [de] los olivares, la mitad, que son veintinua fanegas y media. XXI fanegas y media. [//f. 17r.]

 

   Ítem[76]. Una tierra frontera cerca de Bargas, camino de la fuente, que alinda con tierra de Santiago y con tierra de Fernando de la Parra, que cabe dos fanegas, II fanegas.

 

   Otra tierra a Peña Negra, que alinda con tierra de San Pedro de las Dueñas y con tierra de la Trinidad, que cabe cuatro fanegas. IIII fanegas.

 

   Ítem. De las dichas viñas señalamos para esta dicha parte una aranzada de viña, que dicen el majuelo de la Fuente, que alinda con el camino que va de Toledo a Camarena y con majuelo de Pedro Carretero. I aranzada.

 

   Más: del majuelo del Peral, que es cerca [d]e la susodicha media aranzada a la parte hasta el majuelo de Matahombres y alinda con majuelo de la de Juan Ruiz de Benalhavia y de Antón de Olías. CC estadales.

 

   Ítem. Cabe de los dichos tributos a esta dicha suerte catorce maravedís de los dichos diecisiete maravedís que paga la mujer de Juan Ruiz de Benalhavia por las viñas que tiene, por cuanto los otros tres maravedís echamos en otra suerte. XIIIIº.

 

   Y[77] así, en la manera que susodice, se acaba de partir todo el dicho heredamiento de Bargas y Olías y El Corralejo de Orejón, salvo las casas de Bargas y las trece tinajas y dos cubas y el suelo de Orejón, que es en el dicho lugar [de] Bargas, hasta que se repare y se parta entre los dichos herederos, según la partes que cada uno de ellos ha de haber, según dicho es.

 

   Y por cuanto los dichos Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán han de dar y pagar a los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y doña Marquesa y Manuel de Guzmán, herederos de la dicha doña Marquesa, de sus dos partes que les cabe a pagar, según el tenor y forma de la sentencia arbitraria, de los cuatro mil y cuatrocientos y diecisiete florines para cumplimiento de la dote de la dicha señora doña Marquesa a cada uno de los dichos Ramiro [//f. 17v.] y Alfonso sescientos y treinta y un florines, que son de ambos a dos mil y doscientos y sesenta y dos florines, contados a ciento y tres maravedís cada uno, ciento y treinta mil y ochenta y seis maravedís, por cuanto cada uno de los otros dichos cinco herederos eran obligados como herederos del dicho Fernán Pérez a pagar a los dichos herederos de doña Marquesa otros seiscientos y treinta y un florines para fenchamiento [?] de los dichos cuatro mil y cuatrocientos y diecisiete florines, los cuales se los han de haber y se quedan para ellos. Por ende, para [?] en cuenta y parte de pago de los dichos ciento y treinta mil y ochenta y seis maravedís, que los dichos Ramiro y Alfonso han de pagar, y damos las dichas partes que ellos han de haber en los dichos lugares [de] Batres y Esquivias y La Aldehuela y Bargas y El Corralejo, que montan cien mil y cuatrocientos y veinte maravedís en esta guisa: de ambas a dos partes de Batres, cuarenta y siete mil y novecientos y sesenta y cinco maravedís y medio; \de ambas a dos partes de Esquivias, tres mil y doscientos y sesenta y ocho maravedís/; de ambas a dos partes de La Aldehuela, de las tierras, según el aprecio, veintidós mil y cuarenta y dos maravedís; y de ambas a dos partes de Bargas y Olías y El Corralejo, sin las casas y vasijas, veintisiete mil y ciento y cuarenta y cinco.

 

 

                        Alcubillete

 

   Este[78] es el aprecio y partición de los bienes que el dicho señor Fernán Pérez tenía en Alcubillete y en su término, que se han de partir entre los dichos sus herederos:

 

   Primeramente, el suelo de tras las casas principales en el dicho lugar [de] Alcubillete se apreció en cuatrocientos maravedís. CCCCº.    

 

   Otro suelo pequeño a par del susodicho se apreció en ciento y cincuenta maravedís. C  L.

 

   Otro suelo que esta cerca [de] las casas de Álvaro Maldonado se apreció en doscientos y cincuenta maravedís. CC L[79]. [//f. 18r.]

 

   Otro suelo que es contra las casas de Gonzalo Bernardo se apreció en doscientos maravedís. CC.

 

   Otro suelo que tiene a tributo Juan López de Burujón por un par de perdices cada año, apreciose el dicho tributo en doscientos maravedís. CC.

 

   Un huerto que tienen a tributo los frailes de San Bernardo por ocho pares de perdices cada año, apreciose el dicho tributo en setecientos maravedís. DCCº.

 

   Otro huerto de la Alameda Negral con un pozo, y va el arroyo ayuso, con cuatro olivas que están en él, apreciose en quinientos maravedís. D.

 

   Otro huerto de la otra parte del arroyo en que están tres morales apreciose en cien maravedís. C.

 

   Otro huerto que está hasta el río, en cien maravedís. C.

 

   La viña del Pandero apreciose en doscientos y cincuenta maravedís. CC L.

 

   La viña Castellana apreciose en ciento y cincuenta maravedís. C L.

 

   El peralejo con la alamedilla blanca y los melonares se apreció en doscientos y cincuenta maravedís. CC L.

 

   Dos viñuelas chiquitas, que están a par del río, bajo de las olivas, se apreció en cien maravedís. C.

 

   Hay más en el término del dicho lugar [de] Alcubillete, noventa y siete olivas, las cuales se apreciaron a cincuenta maravedís cada una, una con otra, que montan cuatro mil y ochocientos y cincuenta maravedís. IIIIº M DCCCº L.

 

   Hay más en el dicho término de Alcubillete con Cabeza Pelleja hasta siete yugadas de tierras, poco más o menos, las cuales se apreciaron a dos mil maravedís cada yugada, que montan catorce mil maravedís. XIIIIº M.

 

   Suma todo el valor de la dicha heredad de Alcubillete, según los dichos aprecios, veintidós mil y doscientos maravedís. XXII M  CC[80]. [//f. 18v.]

 

   La cual dicha heredad fue del señor Fernán Pérez y pertenece a todos siete los dichos Pedro de Guzmán y doña María y doña Sancha y Manuel de Guzmán y doña Marquesa y Ramiro de Guzmán y Alfonso de Guzmán, sus hijos, que viene a cada parte de ellos en dineros tres mil y ciento y setenta y un maravedís y cuatro ducados, pero pártase por heredad en esta dicha manera:

 

   Por partes, pero que se echen en suertes entre todos los dichos herederos, y cada uno conozca su parte.

 

   Primeramente, hacemos para una parte el suelo donde eran las casas principales, que se apreció en cuatrocientos maravedís. CCCCº.

 

   Ítem. Las dos viñuelas chiquitas que están a par del arroyo, bajo de las olivas, que se apreciaron en cien maravedís. C.

 

   Ítem. Trece olivas del olivar mayor, que es a Val del Abad hasta la cabezada del dicho olivar hasta arriba, que alindan con tierra y olivas de Fernando Maldonado y con tierra de Gonzalo Bernardo y con tierra de la dicha heredad, apreciadas a cincuenta maravedís, que son seiscientos y cincuenta maravedís. DC L.

 

   Más una yugada de tierras en dos mil maravedís. II M.

 

   Para otra parte, un suelo pequeño a par del suelo donde eran las casas principales, que se apreció en ciento y cincuenta maravedís. C L.

 

   Un huerto de la otra parte del arroyo, en que estan dos morales, que se apreció en cien maravedís. C.

 

   Más: del dicho olivar mayor, dieciocho olivas, linde de la suerte primera suso escrita según quedó amojonado, que se apreciaron en novecientos maravedís. D CCCCº.

 

   Una yugada de tierras en dos mil maravedís. II M. 

 

 

   Para otra parte de los dichos herederos, el suelo que es cerca [de] las casas de Álvaro Maldonado, que se apreció en doscientos y cincuenta maravedís. CC L. [//f. 19r.]

 

   El huerto de hasta el río, que se apreció en cien maravedís. C

 

   Del dicho olivar mayor dieciséis olivas que alindan con la otra suerte de las dichas dieciocho olivas, las cuales quedaron amojonadas, en el dicho precio, que son ochocientos maravedís. D CCCº.

 

   Una yugada de tierras en el dicho precio de dos mil maravedís. II M.

 

 

   Para otra parte de los dichos herederos, el dicho suelo que tiene a tributo Juan López de Burujón por un par de perdices cada año, que alinda con suelo de Fernando de Cervatos y con suelo del arzobispo, en el dicho precio de doscientos maravedís en que se apreció. CC.

 

   El peralejo con la alamedilla blanca y los membrillares, en el dicho precio de doscientos y cincuenta maravedís. CC  L.

 

   Catorce olivas del dicho olivar mayor, bajo de las dichas dieciséis de la otra suerte antes de esta, según quedó amojonado, en el dicho precio, que montan setecientos maravedís. DCCº.

 

   Otra yugada de tierras en el dicho precio de dos mil maravedís. II M.

 

   Para otra parte de los dichos herederos, el dicho huerto que tienen a tributo los frailes de San Bernardo por ocho pares de perdices, en el dicho precio de setecientos maravedís. DCCº.

 

    La viña Castellana, en el dicho precio de ciento y cincuenta maravedís. C L.

 

    Del dicho olivar mayor nueve olivas, bajo de las catorce suso escritas, y cuatrocientos y cincuenta maravedís. Y por cuanto en este olivar se hallaron seis olivas demás de lo que fue apreciado, dámosle a esta suerte las tres de ellas, que son doce olivas, que alindan en la suerte susodicha de las dichas catorce olivas y van hasta ayuso, al través, a alindar con tierra de Álvaro Maldonado y con olivas de la iglesia. Y lleva esta suerte ciento y cincuenta maravedís de más, porque le cae el dicho tributo del dicho  huerto. CCCCº  L. [//f. 19v.]

 

   Otra yugada de tierras en el dicho precio de dos mil maravedís. II M.

 

   Ítem. Hacemos otra parte para uno de los dichos herederos el huerto de la alamedilla negral con un pozo, y va el arroyo ayuso, con las cuatro olivas que están en él, que alindan con olivar de Fernando Maldonado, en el dicho precio de quinientos maravedís. D.

 

   Ítem. Más la viña del Pandero, que se apreció en doscientos y cincuenta maravedís. CC L.